Instituto Nacional Agrario (INA)

Organigrama

Fecha de actualizacion: 28/02/25

Ultima Actualización Febrero 10 de 2025.

Organigrama

Organigrama
Nombre Descripción Subido Año Mes ver
Organigrama Se adjunta el Organigrama Institucional corresppo0ndiente al mes de enero del 2025, el mismo no tenido ningún cambio en el presente año, solo se actualizo la fecha, el año, la firma y sello original del responsable.
28-02-2025 2025 Enero
Organigrama Organigrama correspondiente al mes de octubre
15-11-2024 2024 Octubre
Organigrama Organigrama Actualizado 2024
13-08-2024 2024 Julio
Organigrama Organigrama Enero 2024
28-02-2024 2024 Enero
Organigrama Nota Aclaratoria Organigrama Enero 2024
28-02-2024 2024 Enero
Organigrama Organigrama Diciembre 2023
27-02-2024 2023 Diciembre
ORGANIGRAMA ORGANIGRAMA ACTUALIZADO
14-02-2023 2023 Enero
LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL PROCESO DE REFORMA DIARIO OFICIAL LA GACETA No. 33,522 del 3 de Septiembre de 2014 DIARIO OFICIAL LA GACETA No. 33,522 del 3 de Septiembre de 2014. La Comisión para la Reforma de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada. RESUELVE aprobar los Lineamientos Generales para el Proceso de Reforma de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada en Materia de Recursos Humanos.
13-07-2016 2016 Ninguno
a) DECRETO EJECUTIVO PCM-051-2016 DIARIO OFICIAL LA GACETA No. 34,093 CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artí­culo 245 de la Constitución de la República de Honduras, corresponde al Presidente Constitucional de la República la Administración General del Estado, siendo entre otras sus atribuciones la de emitir Acuerdos, Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley. CONSIDERANDO: Que el Artí­culo 11 de la Ley General de Administración Pública, dispone que el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones, actuar por sí­ o en Consejo de Ministros. CONSIDERANDO: Que el Artí­culo 22 numeral 3) de la Ley General de la Administración Pública expresa que es atribución del Consejo de Secretarios de Estado “Crear, modificar fusionar, escindir o suprimir dependencias de la Administración Pública. CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional Agrario (INA), conforme lo dispuesto en el Art. 131 de la Ley de Reforma Agraria aprobada mediante Decreto No. 170 del 30 de diciembre de 1974, que entró en vigencia el 14 de enero de 1975, es una Institución semiautónoma, con personalidad jurí­dica y patrimonio propio, y cuya finalidad está contenida en el Artí­culo No. 1 de dicha Ley. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artí­culo 136 de la Ley de Reforma Agraria, la dirección superior del Instituto Nacional Agrario corresponderá al Titular del Poder Ejecutivo. CONSIDERANDO: Que el inciso b) del Artí­culo 144 de la Ley de Reforma Agraria dispone que el Director Ejecutivo del INA propondrá al Titular del Poder Ejecutivo la organización interna del Instituto. CONSIDERANDO: Que se ha hecho un estudio exhaustivo de la actual estructura orgánica del Instituto Nacional Agrario, mediante el cual se determinó que la misma no es adecuada para que la institución sea el instrumento de transformación de la estructura agraria del paí­s, enfocado a la tenencia de la tierra que garantice la justicia social en el campo, la seguridad jurí­dica, la asistencia técnica a los campesinos beneficiarios de los procesos de reforma agraria, la producción alimentaria, la titulación y la solución oportuna de conflictos. Que la nueva estructura administrativa implica la necesidad de reducir el número de empleados de cada una de las Oficinas Centrales, Oficinas Regionales y Sectoriales distribuidas a nivel nacional, con la finalidad de cumplir el objetivo primario de la reforma agraria y hacerla técnica y financieramente viable CONSIDERANDO: Que las técnicas modernas de informática hacen eficientes los procedimientos administrativos con un mí­nimo de personal, con una considerable reducción del gasto público, por lo cual es necesario minimizar el personal administrativo y fortalecer la administración del Estado con personal técnico. POR TANTO, En aplicación de los Artí­culos 245 y 255 de la Constitución de la República; 3, 11, 22 numeral 3), 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública y sus reformas...
05-08-2016 2016 Junio
Manual de Funciones La descripción de puestos es el Instrumento más importante para una efectiva administración de sueldos y salarios, especialmente cuando se trata de dar aplicación al principio de “a trabajo igual, salario igual. Este documento, pretende cubrir las expectativas institucionales y personales de los empleados de la Institución, ya que alinea ambas visiones al modelo de administración inspirado en la Justicia Laboral. Todos, aportaron de manera particular con su talento, conocimiento y experiencia, del producto de estos esfuerzos se ha obtenido un análisis y descripción de puestos de trabajo pertinente a la cultura organizacional del INA. Por ende debe ser utilizado adecuadamente para los fines previstos.
05-11-2015 2015 Ninguno
DECRETO EJECUTIVO PCM-028-2014 DIARIO OFICIAL LA GACETA No. 33,455 DIARIO OFICIAL LA GACETA No. 33,455 del Martes 17 de Junio de 2014. Articulo.- Integrar una Comisión para la Reforma de la Administración Pública Centralizada Descentralizada en la forma siguiente. 1. El Secretario de Estado en el Despacho de Coordinación General de Gobierno; quien coordinará; 2. El Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas; 3. El Secretario de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social; 4.El Director de Servicio Civil; 5. Tres Delegados (as) designados (as) por la Presidencia de la República.
13-07-2016 2014 Ninguno