Alcaldía Municipal de Choloma

Informacion Catastral

Fecha de actualizacion: 14/02/25

ACTUALIZADO AL MES DE FEBRERO DEL 2025

Nombre Descripción Subido Año Mes ver
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA AL MES DE ENERO DEL 2025 ARTÍCULO 18.- Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.
14-02-2025 2025 Enero
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA AL MES DE DICIEMBRE DEL 2024 ARTÍCULO 18.- Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.
13-01-2025 2024 Diciembre
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA AL MES DE NOVIEMBRE DEL 2024 ARTÍCULO 18.- Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.
05-12-2024 2024 Noviembre
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA AL MES DE OCTUBRE DEL 2024 ARTÍCULO 18.- Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.
11-11-2024 2024 Octubre
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA AL MES DE SEPTIEMBRE DEL 2024 ARTÍCULO 18.- Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.
10-10-2024 2024 Septiembre
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA AL MES DE AGOSTO DEL 2024 ARTÍCULO 18.- Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.
06-09-2024 2024 Agosto
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A JULIO DEL 2024 ARTÍCULO 18.- Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.
06-08-2024 2024 Julio
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A JUNIO DEL 2024 ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.
09-07-2024 2024 Junio
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A MAYO DEL 2024 ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.
06-06-2024 2024 Mayo
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A ABRIL DEL 2024 NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A ABRIL DEL 2024.-.-.-.-.
20-05-2024 2024 Abril
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A MARZO DEL 2024 NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A MARZO DEL 2024
23-04-2024 2024 Marzo
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A FEBRERO DEL 2024 NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A FEBRERO DEL 2024
08-03-2024 2024 Febrero
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A ENERO DEL 2024 ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.
04-03-2024 2024 Enero
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.
28-02-2024 2023 Diciembre
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.
13-12-2023 2023 Noviembre
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.
13-11-2023 2023 Octubre
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.
20-10-2023 2023 Septiembre
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.
08-09-2023 2023 Agosto
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.
14-08-2023 2023 Julio
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.
06-07-2023 2023 Junio
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.
09-06-2023 2023 Mayo
NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.
13-04-2023 2023 Marzo
INFORME DE PREDIOS REGISTRADOS A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA AL 22 DE FEBRERO DEL 2023 ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas. 22-02-2023 2023 Enero
Segundo Informe Acumulado de registro de predios a nombre de la Municipalidad de Choloma ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.

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27-10-2020 2020 Octubre
Informe Acumulado de registro de predios a nombre de la Municipalidad de Choloma ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas. 01-09-2020 2020 Septiembre
Informe Acumulado de registro de predios a nombre de la Municipalidad de Choloma Articulo 68 de la Ley de Municipalidades.-CONSTITUYE LA HACIENDA MUNICIPAL .1.-Las tierras urbanas y rurales, asi como los demás bienes inmuebles cuyo dominio o posesión corresponda a la Municipalidad,sin perjuicio de lo dispuesto en leyes especiales,2.-Las tierras urbanas registradas a favor del estado y cuyo dominio le sea transferido por el Poder Ejecutivo a cualquier titulo;3.-Las tierras nacionales o ejidales que en concepto de áreas para crecimiento poblacional sean concedida por el Estado,las tierras rurales de vocación agricola y ganadera quedan sujetas a lo prescrito en la Ley de Reforma Agraria. 17-10-2017 2017 Enero