Alcaldía Municipal de Choloma

Informacion Catastral

Fecha de actualizacion: 05/12/24

ACTUALIZADO AL MES DE NOVIEMBRE DEL 2024

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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA AL MES DE NOVIEMBRE DEL 2024 ARTÍCULO 18.- Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas. 05-12-2024 2024 Noviembre
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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA AL MES DE OCTUBRE DEL 2024 ARTÍCULO 18.- Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas. 11-11-2024 2024 Octubre
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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA AL MES DE SEPTIEMBRE DEL 2024 ARTÍCULO 18.- Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas. 10-10-2024 2024 Septiembre
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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA AL MES DE AGOSTO DEL 2024 ARTÍCULO 18.- Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas. 06-09-2024 2024 Agosto
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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A JULIO DEL 2024 ARTÍCULO 18.- Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas. 06-08-2024 2024 Julio
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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A JUNIO DEL 2024 ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas. 09-07-2024 2024 Junio
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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A MAYO DEL 2024 ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas. 06-06-2024 2024 Mayo
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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A ABRIL DEL 2024 NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A ABRIL DEL 2024.-.-.-.-. 20-05-2024 2024 Abril
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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A MARZO DEL 2024 NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A MARZO DEL 2024 23-04-2024 2024 Marzo
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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A FEBRERO DEL 2024 NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A FEBRERO DEL 2024 08-03-2024 2024 Febrero
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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA A ENERO DEL 2024 ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas. 04-03-2024 2024 Enero
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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas. 28-02-2024 2023 Diciembre
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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas. 13-12-2023 2023 Noviembre
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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas. 13-11-2023 2023 Octubre
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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas. 20-10-2023 2023 Septiembre
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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas. 08-09-2023 2023 Agosto
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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas. 14-08-2023 2023 Julio
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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas. 06-07-2023 2023 Junio
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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas. 09-06-2023 2023 Mayo
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NOTA ACLARATORIA DE PREDIOS A NOMBRE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas. 13-04-2023 2023 Marzo
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INFORME DE PREDIOS REGISTRADOS A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DE CHOLOMA AL 22 DE FEBRERO DEL 2023 ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.

Ver enlace INSTITUTO DE LA PROPIEDAD

22-02-2023 2023 Enero
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Segundo Informe Acumulado de registro de predios a nombre de la Municipalidad de Choloma ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.

Ver enlace

27-10-2020 2020 Octubre
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Informe Acumulado de registro de predios a nombre de la Municipalidad de Choloma ARTÍCULO 18.- de la Ley de Municipalidades.-Las Municipalidades están en la obligación de levantar el catastro urbano y rural de su término municipal y elaborar el Plan Regulador de las ciudades. Se entiende por Plan Regulador el instrumento de planificación local que define en un conjunto de planos, mapas, reglamentos y cualquier otro documento gráfico o de otra naturaleza, la política de desarrollo y los planes para la distribución de la población, uso de la tierra, vías de circulación, servicios públicos, facilidades comunales, saneamiento y protección ambiental, así como la construcción, conservación de áreas urbanas.

Ver enlace INSTITUTO DE LA PROPIEDAD

01-09-2020 2020 Septiembre
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Informe Acumulado de registro de predios a nombre de la Municipalidad de Choloma Articulo 68 de la Ley de Municipalidades.-CONSTITUYE LA HACIENDA MUNICIPAL .1.-Las tierras urbanas y rurales, asi como los demás bienes inmuebles cuyo dominio o posesión corresponda a la Municipalidad,sin perjuicio de lo dispuesto en leyes especiales,2.-Las tierras urbanas registradas a favor del estado y cuyo dominio le sea transferido por el Poder Ejecutivo a cualquier titulo;3.-Las tierras nacionales o ejidales que en concepto de áreas para crecimiento poblacional sean concedida por el Estado,las tierras rurales de vocación agricola y ganadera quedan sujetas a lo prescrito en la Ley de Reforma Agraria.

Instituto de la Propiedad

17-10-2017 2017 Enero
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