Servicio de Administración de Rentas (SAR)

Funciones

Fecha de actualizacion: 14/03/18

Información actualizada al mes de febrero 2025.

El Servicio de Administración de Rentas (SAR) tiene las siguientes funciones:

1. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la Constitución de la República, Convenios Internacionales en materia Tributaria, el Código Tributario, las Leyes y demás normas de carácter tributario;
2. Fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, a efecto de combatir las infracciones y los delitos tributarios;
3. Crear planes y programas de gestión administrativa acorde con los lineamientos de la política económica y metas de recaudación anuales acordadas;
4. Promover la cultura tributaria en la población por medio de programas de asistencia, orientación y educación fiscal;
5. Establecer y mantener relaciones con Instituciones, Organismos nacionales e internacionales y Agencias de Cooperación vinculadas a la Administración Tributaria, de conformidad a lo establecido en el Código Tributario;
6. Administrar el Sistema Tributaria, ejerciendo todas las atribuciones y facultades establecidas en el Código Tributario, Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA) y su Reglamento, Leyes y Reglamentos relacionados con la materia tributaria;
7. Gestionar la recaudación de los tributos y gravámenes establecidos en las Leyes Tributarias:
8. Recuperar las deudas tributarias;
9. Requerir de terceros públicos o privados la información necesaria para el cumplimiento de funciones investigativas, de control y fiscalizadoras de conformidad con el Código Tributario y la Ley;
10. Designar Agente de Percepción o de Retención de cualquier tributo de conformidad al Código Tributario.
11. Imponer las sanciones conforme a lo dispuesto en el Código Tributario y en las Leyes vigentes;
12. Aprobar Acuerdos para la aplicación eficiente de las disposiciones en materia tributaria de conformidad con el Código Tributario y la Ley;
13. Resolver los procedimientos iniciados de oficio o a instancia de parte en el marco de sus competencias;
14. Establecer y operar procedimientos y sistemas ágiles y simplificados, para facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias, así como implementar y operar la tramitación expediente de las operaciones tributarias, formales o materiales.
15. Cualquier otra facultad o atribución que establezca la Ley en sus respectivas competencias.

Nombre Descripción Subido Año Mes ver
Funciones Memoria Institucional Servicio de Administración de Rentas.
14-03-2018 2018 Febrero
Código Tributario, Decreto 170-2016 El articulo 198 del Código Tributario establece, las atribuciones de la Administración Tributaria.
09-08-2017 2017 Enero