Alcaldía Municipal de Candelaria
Funciones
Actualizado al Mes de Enero del Año 2025
Artículo 13. De la Ley de Municipalidades (reformado por decreto no.48-91, gaceta no. 26445
de 23/mayo/1991). En el ejercicio de las atribuciones que les confiere la constitución de la
república y los propósitos y alcances de esta ley, a las municipalidades les corresponde el
gobierno y dirección del municipio y, en particular, lo referente a:
1) Elaboración y ejecución de planes de desarrollo del municipio.
2) Control y regulación del desarrollo urbano, uso del suelo y administración de tierras
municipales, ensanchamiento del perímetro de las ciudades y el mejoramiento de las
poblaciones de conformidad con lo prescrito en la Ley.
3) Ornato, aseo e higiene municipal.
4) Construcción de redes de distribución de agua potable, alcantarillado para aguas negras y
alcantarillado pluvial, así como su mantenimiento y administración.
5) Construcción y mantenimiento de vías públicas por si o en colaboración con otras entidades.
6) Construcción y administración de cementerios, mercados, rastros y procesadoras de carnes,
municipales.
7) Protección de la ecología, del medio ambiente y promoción de la reforestación.
8) Mantenimiento, limpieza y control sobre las vías públicas urbanas, aceras, parques y playas
que incluyen su ordenamiento, ocupación, señalamiento vial urbano, terminales de transporte
urbano e interurbano. El acceso a estos lugares es libre, quedando, en consecuencia, prohibido
cualquier cobro, excepto cuando se trate de recuperación de la inversión mediante el sistema de
contribución por mejoras legalmente establecido.
9) Fomento y regulación de la actividad comercial, industrial, de servicios y otros.
10) Control y regulación de espectáculos y de establecimientos de diversión pública, incluyendo
restaurantes, bares, clubes nocturnos, expendio de aguardiente y similares.
11)Suscripción de convenios con el Gobierno Central y con otras entidades descentralizadas con
las cuales concurra en la explotación de los recursos, en los que figuren las áreas de explotación,
sistemas de reforestación, protección del medio ambiente y pagos que les correspondan.
12) Promoción del turismo, la cultura, la recreación, la educación y el deporte.
13) Creación y mantenimiento de cuerpos de bomberos.
14) Prestación de los servicios públicos locales. Y mediante convenio, los servicios prestados
por el Estado o instituciones autónomas, cuando convenga a la municipalidad.
15) Celebración de contratos de construcción, mantenimiento o administración de los servicios
públicos u obras locales con otras entidades públicas o privadas, según su conveniencia, de
conformidad con la ley. Cuando las municipalidades otorguen el contrato para la construcción
de obras o prestación de servicios municipales a empresas particulares con recursos de éstas,
podrán autorizarlas a recuperar sus costos y obtener una utilidad razonable, por medio del
Municipalidad de Candelaria, Lempira.
Email: lempiracandelaria@municipalidad.info
sistema de cobro más apropiado, sin perjuicio de los derechos que correspondan a la
municipalidad.
16) Coordinación e implantación de las medidas y acciones higiénicas que tiendan a asegurar y
preservar la salud y bienestar general de la población, en lo que al efecto señala el Código de
Salud.
17) Gestión, construcción y mantenimiento, en su caso, de los sistemas de electrificación del
municipio, en colaboración con la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE).
18) Coordinación de sus programas de desarrollo con los planes de desarrollo nacionales.
DE SUS OBJETIVOS: Artículo 14. Ley de Municipalidades La Municipalidad es el órgano de
gobierno y administración del Municipio y existe para lograr el bienestar de los habitantes,
promover su desarrollo integral y la preservación del medio ambiente, con las facultades
otorgadas por la Constitución de la República y demás leyes, serán sus objetivos los siguientes:
1) Velar porque se cumplan la Constitución de la República y las Leyes.
2) Asegurar la participación de la comunidad, en la solución de los problemas del municipio.
3) Alcanzar el bienestar social y material del Municipio, ejecutando programas de obras
públicas y servicios.
4) Preservar el patrimonio histórico y las tradiciones cívico-culturales del Municipio;
fomentarlas y difundirlas por si o en colaboración con otras entidades públicas o privadas;
5) Propiciar la integración regional;
6) Proteger el ecosistema municipal y el medio ambiente;
7) Utilizar la planificación para alcanzar el desarrollo integral del Municipio.
8) Racionalizar el uso y explotación de los recursos municipales, de acuerdo con las prioridades
establecidas y los programas de desarrollo nacional.
Nombre | Descripción | Subido | Año | Mes | ver |
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Artículo 13 de la Ley de Municipalidades con sus Reformas |
Copia digital del Artículo 13 de la Ley de Municipalidades con sus Reformas
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27-05-2024 | 2023 | Noviembre | |
Reseña Historica del municipio de Candelaria Lempira |
Reseña Historica del Municipio de Candelaria Lempira
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07-09-2022 | 2022 | Enero | |
Funciones de la Municipalidad |
Funciones que la municipalidad desempeña en el municipio de Candelaria Lempira
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03-03-2021 | 2021 | Enero |