Alcaldía Municipal de Jesus De Otoro

Leyes

Fecha de actualizacion: 11/05/22

ACTUALIZADO ENERO DEL AÑO 2025 - SIN CAMBIOS

Nombre Descripción Subido Año Mes ver
ACUERDO ADMINISTRATIVO TSC-Nº.02-2021 Marco Rector del Control Interno de los Recursos Públicos, integrado por los Componentes, Principios y Normas de Control Interno presentados en el documento titulado Marco Rector de Control Interno Institucional de los Recursos Públicos (MARCI). Publicado en Diario Oficial La Gaceta 11 DE DICIEMBRE DEL 2021 No. 35,795.
11-05-2022 2021 Ninguno
Ley de Policí­a y de Convivencia Social Decreto No. 226-2001 la sociedad hondureña, demanda la emisión de un Estatuto que sustituya la Ley de Policí­a vigente desde el año de 1906, y que garantice la satisfacción de las necesidades de armónica convivencia, buen gobierno municipal y legitime las acciones de la Policí­a Nacional.
12-06-2018 2018 Ninguno
LEY Y REGLAMENTO DE LA CARRERA ADMINISTRATIVA MUNICIPAL Artí­culo 1.- OBJETO. La presente Ley tiene por objeto crear el sistema de adiministración del personal de las municipalidades, mancomunidades, asociaciones intermunicipales, micro regionales y otras entidades municipales creadas por las Corporaciones Municipales y adscritas a este sistema, a fin de garantizar la eficiencia del servicio, fomentar la profesionalización y la estabilidad de los servidores.
14-06-2021 2018 Ninguno
Ley para la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación Decreto No.220-97 Capí­tulo I FINALIDADES La presente Ley tiene por objeto la defensa,conservación, reivindicación, rescate, restauración, protección, investigación, divulgación, acrecentamiento y transmisión a las generaciones futuras de los bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la Nación en todo el territorio nacional y en las aguas jurisdiccionales.
18-09-2018 2018 Ninguno
Ley de Municipalidades ARTíCULO 1.- (Según reforma por Decreto 48-91) Esta Ley tiene por objeto desarrollar los principios constitucionales referentes al Régimen Departamental y Municipal. ARTíCULO 2.- (Según reforma por Decreto 48-91) El Municipio es una población o asociación de personas residentes en un término municipal, gobernada por una municipalidad que ejerce y extiende su autoridad en su territorio y es la estructura básica territorial del Estado y cause inmediato de participación ciudadana en los asuntos públicos. ARTíCULO 3.- El territorio hondureño se divide en departamentos y estos en municipios autónomos, administrados sin más sujeción que a la Ley, por Corporaciones electas directamente por el pueblo, de conformidad con la Ley.
08-07-2016 2016 Ninguno
Ley de la Constitución de la República CONSTITUCIÓN POLíTICA DECRETO NUMERO No 131 11 de Enero 1982 PREíMBULO Nosotros, Diputados electos por la voluntad soberana del pueblo hondureño, reunidos en Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios y el ejemplo de nuestros próceres, con nuestra fe puesta en la restauración de la unión centroamericana e interpretando fielmente las aspiraciones del pueblo que nos confirió su mandato, decretamos y sancionamos la presente Constitución para que fortalezca y perpetúe un estado de derecho que asegure una sociedad polí­tica, económica y socialmente justa que afirme la nacionalidad y propicie las condiciones para la plena realización del hombre, como persona humana, dentro de la justicia, la libertad, la seguridad, la estabilidad, el pluralismo, la paz, la democracia representativa y el bien común.
08-07-2016 2016 Ninguno
Marco Rector del Control Interno Institucional de los Recursos Publicos PROPÓSITO La enunciación y desarrollo de los principios y preceptos Rectores de Control Interno de los Recursos Públicos de Honduras, en el Contexto del Reglamento del Sistema Nacional de Control de los Recursos Públicos (SINACORP), tiene como propósito proporcionar los valores y criterios técnicos fundamentales en que se debe basarse el diseño y establecimiento del proceso de control interno de los recursos públicos al interior de los sujetos pasivos de la ley orgánica del Tribunal Superior de Cuentas (LOTSC) TSC que por mandato del Articulo 47 de dicha Ley están obligados a establecer y aplicar.
08-07-2016 2016 Ninguno
Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas ARTICULO 1- FINALIDAD. La presente Ley tiene por finalidad regular la organización y el funcionamiento del Tribunal Superior de Cuentas y sus dependencias, en adelante denominado “el Tribunal.
08-07-2016 2016 Ninguno
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica ARTICULO 1- NATURALEZA Y FINALIDAD DE LA LEY Esta Ley es de orden público e interés social. Tiene por finalidad el desarrollo y ejecución de la polí­tica nacional de transparencia, así­ como el ejercicio del derecho de toda persona ala acceso a la información pública para el fortalecimiento del Estado de Derecho y consolidado de la democracia mediante la participación ciudadana.
08-07-2016 2016 Ninguno
Ley de Transito de Honduras LEY DE TRANSITO TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTíCULO 1- La presente Ley tiene por objeto la preservación del orden público, la defensa de la vida, la integridad fí­sica de las personas, la protección de los bienes y el fomento del bienestar social, mediante la regulación legal del uso y circulación.
05-11-2016 2016 Octubre
Ley de Contratación del Estado Ley de Contratación del Estado DECRETO No.74 -2001 1 Unidad Ejecutora del Programa de Eficiencia y Transparencia en las Compras y Contrataciones del Estado. Teléfonos: (+504) 232-1562/78 Fax: (+504) 235-3828 e -mail: info@upet.gob.hn Colonia Lomas del Mayab, Blvd. Juan Pablo II, frente a Casa Presidencial, Edificio Ejecutivo Las Lomas, 5to piso, Tegucigalpa, MDC, Honduras Poder Legislativo DECRETO No. 74-2001 EL CONGRESO NACIONAL, CONSIDERANDO: Que el Artí­culo 360 de la Constitución de la República, dispone que los Contratos que el Estado celebre para la ejecución de obras públicas, adquisición de suministros y servicios, de compra-venta o arrendamiento de bienes, deberán ejecutarse previa licitación, concurso o subasta de conformidad con la Ley. CONSIDERANDO: Que la Ley de Contratación del Estado contenida en el Decreto No. 148-85 de fecha 29 de septiembre de 1985, se vuelve obsolescente en la medida que la adquisición de bienes y servicios, por parte de la administración pública, demanda de una mayor transparencia y agilidad. asi como, de una adecuación a las condiciones actuales de comercio de bienes y servicios. CONSIDERANDO: Que los mecanismos de gestión pública, propios de un Estado moderno, deben ajustarse a las exigencias del nuevo entorno, fundamentado en la publicidad, la transparencia, la libre competencia y la igualdad, así­ como, la incorporación de los medios de tecnologí­a electrónica, con el propósito de actualizar y dar confiabilidad a los procesos de contratación que realiza el Estado. CONSIDERANDO: Que es de interés público disponer de un instrumento jurí­dico que regule la contratación para la ejecución de obras y la adquisición de bienes y servicios por parte de la Administración Pública, asegurando la equidad y el aprovechamiento óptimo de los recursos estatales. POR TANTO, DECRETA: La siguiente, LEY DE CONTRATACION DEL ESTADO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES, AMBITO Y REGIMEN JURIDICO ARTICULO 1.- ímbito de aplicación. Los contratos de obra pública, suministro de bienes o servicios y de consultorí­a que celebren los órganos de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, se regirán por la presente Ley y sus normas reglamentarias.
05-11-2016 2016 Octubre
Ley General del Ambiente Considerando: Que de acuerdo con la Constitución de la República, el Estado conservará el ambiente adecuado para proteger la salud de las personas, declarando de utilidad y necesidad pública la explotación Técnica y Racional de los recursos naturales de la nación. Considerando: Que la destrucción acelerada de los recursos naturales y la degradación del ambiente amenaza el futuro de la nación ocasionando problemas económicos y sociales que afectan la calidad de vida de la población, y que es deber del Estado propiciar un estilo de desarrollo que, a través de la utilización adecuada de los recursos naturales y del ambiente, promueva la satisfacción de las necesidades básicas de la población presente sin comprometer la posibilidad de que las generaciones futuras satisfagan sus propias necesidades. Considerando: Que la importancia y trascendencia de la problemática ambiental requiere de una organización y estructura administrativa que responda en forma coherente, armónica e integral a nuestra situación ambiental. Considerando: Que la participación comunitaria es imprescindible para lograr la protección, conservación y uso racional de la riqueza natural del paí­s y del ambiente en general. Consider ando: Que el pueblo hondureño, reclama con urgencia, la emisión de una legislación apropiada para la gestión ambiental que permita la formación de una conciencia nacional y la participación de todos los ciudadanos en la búsqueda de soluciones de beneficio colectivo.
05-11-2016 2016 Octubre