Alcaldía Municipal de San José Comayagua
Decreto Ejecutivo
Fecha de actualizacion: 14/02/25
INFORMACION ACTUALIZADA AL MES DE ENERO DEL PRESENTE AÑO 2025
Nombre | Descripción | Subido | Año | Mes | ver |
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DECRETO EJECUTIVO |
Nota Aclaratoria que no se publicado ningún decreto ejecutivo o PCM en el periodo comprendido del 01 de Enero del año 2025 al 31 de Enero del año 2025.
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14-02-2025 | 2025 | Enero | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM, de fecha 17 DE DICIEMBRE DEL 2024 No. 36,717,ACUERDA:
APROBAR REFORMA POR ADICIÓN AL ARTÍCULO 17-B DEL REGLAMENTO DE LAS DISPOSICIONES GENERALES DEL PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPÚBLICA AÑO FISCAL 2024 CONTENIDO EN
LA REFORMA DEL ACUERDO EJECUTIVO No. 454-2024 ARTÍCULO 1.- Reformar por adición el artículo 17-B del
Reglamento de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República 2024 y sus reformas contenido en el Acuerdo Ejecutivo No. 454-2024, al cual se le adicionarán los incisos i) y j), los cuales se leerán así...
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14-01-2025 | 2024 | Diciembre | |
DECRETO EJECUTIVO |
Nota explicativa que respalda que no se ha publicado ningún PCM, Decretos ejecutivos en el periodo comprendido del 01 de Noviembre del año 2024 al 30 de Noviembre del año 2024.
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12-12-2024 | 2024 | Noviembre | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM, de gaceta No. 36,67124 de fecha 24 OCTUBRE DEL 2024 . CAPÍTULO IEJECUCIÓN PRESUPUESTARIA
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS Artículo 1.- Las solicitudes de modificaciones presupuestarias autorizadas por la Secretaría de Finanzas (SEFIN) deben ser
remitidas por el titular de cada institución a la máxima autoridad de la SEFIN, con las justificaciones correspondientes. Estas solicitudes deben enviarse en formato físico a más tardar el 4 de noviembre de 2024 y en formato digital, con el sello de recibido del Despacho Ministerial de SEFIN, a través del correo
electrónico gestionmod_presupuestarias@sefin.gob.hn, las cuales deben estar debidamente registradas en el sistema, en cumplimiento de los artículos 229 y 230 del Decreto Legislativo No. 62-2023, que contiene las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el año 2024. Las solicitudes antes indicadas deberán ser autorizadas por la SEFIN en el SIAFI a más tardar el 27 de diciembre de 2024. El 27 de diciembre de 2024 es la fecha límite para que las instituciones del Sector Público registren en el Sistema de Administración Financiera Integrada (SIAFI), las modificaciones presupuestarias relacionadas a traslados internos conforme a lo establecido en el artículo 235 del Decreto Legislativo No. 62-2023
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13-11-2024 | 2024 | Octubre | |
DECRETO EJECUTIVO |
Nota explicativa que detalla que no se realizaron publicaciones de Decretos Ejecutivos en el periodo comprendido del 01 de Septiembre al 30 de Septiembre del año 2024.
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17-10-2024 | 2024 | Septiembre | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM, de fecha MARTES 6 DE AGOSTO DEL 2024. NUM. 36,605,ARTÍCULO 1. Créase el Consejo de Gobernanza Migratoria, como el ente rector en la coordinación, consulta, asesoría y
análisis para la gobernanza migratoria en Honduras. ARTÍCULO 2. INTEGRACIÓN. El Consejo de Gobernanza Migratoria, que en adelante se denominará “El Consejo”, estará integrado por funcionarios del más alto nivel, de las siguientes instituciones:
1. El Instituto Nacional de Migración (INM), quien ejercerá la presidencia;
2. La Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización (SEGOB),
quien ejercerá la secretaría;
3. La Secretaría de Estado en los Despachos de
Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional
(SRECI);
4. La Secretaría de Estado en el Despacho de Planificación
Estratégica (SPE);
5. La Secretaría de Estado en el Despacho de Derechos
Humanos (SEDH);
6. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad
(SEDS);
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12-09-2024 | 2024 | Agosto | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM, de fecha 6 DE AGOSTO DEL 2024. Gaceta No. 36,605 PRIMERO: Derogar en todo y cada una de sus partes, el Acuerdo Ministerial No. 425-2014 de fecha 20 de febrero del año 2014, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.33,361, de fecha 21 de febrero de 2014. SEGUNDO: El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial de la República.
Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticuatro (24) días del mes de julio del dos mil veinticuatro (2024).
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12-09-2024 | 2024 | Agosto | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM, LUNES 5 DE AGOSTO DEL 2024. NUM. 36,604. PRIMERO: Que conforme a los artículos 232 y 233 de la Constitución de la República establece que el Ministerio Público es un organismo profesional especializado responsable de la representación, defensa y protección de los intereses generales de la sociedad y como tal, le corresponde el ejercicio oficioso de la acción penal pública, teniendo la coordinación técnica y jurídica de la investigación criminal y forense. Asimismo, goza de autonomía administrativa y su titularidad le corresponde exclusivamente al Fiscal General de la República, bajo cuya dirección, orientación, administración y supervisión está sometido y quien ejerce sus atribuciones directamente o por medio de los funcionarios o empleados que designe, quienes ejercerán sus funciones conforme a los principios de unidad de actuaciones y dependencia jerárquica. SEGUNDO: Que el Ministerio Público conforme a Ley tiene la facultad de diseñar y dirigir la política de persecución penal en Honduras, así como generar las directrices en materia de investigación criminal teniendo como base criterios técnicos y jurídicos; siendo el Fiscal General de la República a quien corresponde a través de sus direcciones determinar la política
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12-09-2024 | 2024 | Agosto | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM, de fehca MARTES 13 DE AGOSTO DEL 2024. NUM. 36,611Artículo 1. Objeto. El presente Reglamento tiene por objeto establecer y regular todos los aspectos concernientes a la Observación Electoral Nacional e Internacional yacompañamiento de las Elecciones Primarias a realizarse el
domingo nueve (09) de marzo de dos mil veinticinco (2025).
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12-09-2024 | 2024 | Agosto | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM, de fecha VIERNES 2 DE AGOSTO DEL 2024. NUM. 36,602 ARTÍCULO 1. Se autoriza e instruye a la Procuraduría General de la República (PGR) y a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), para traspasar y aceptar, respectivamente, el dominio total del inmueble en DONACIÓN que se encuentra a nombre del Estado de Honduras, de parte de la Procuraduría General de la República
(PGR) a favor de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL); y, que según antecedente de dominio, el inmueble se encuentra inscrito en el Registro de la Propiedad Inmueble de San Pedro Sula, bajo número de Asiento 18, Tomo 125 del Libro del Registro de Propiedad, Hipotecas y
Anotaciones Preventivas y elevado a matrícula en Folio Real del sistema SINAP con número 1306862, bajo número de Asiento 1, a favor del Estado del Estado de Honduras, con un área de CIENTO VEINTINUEVE MIL NOVENTA Y DOS PUNTO SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (129,092.74 MTS2), el cual será fraccionado y segregado una parcela de menor extensión, de una área
de DIEZ MIL SEISCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (10,660.00 MTS2). En dicha fracción de Terreno se construirá el “Hospital de Traumatología” de la ciudad de San Pedro Sula...
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12-09-2024 | 2024 | Agosto | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM, de gaceta NUM. 36,593 de fechaMARTES 23 DE JULIO DEL 2024. ARTÍCULO .1- Reformar el Artículo 29 de la LEY DE PROTECCIÓN DE LOS HONDUREÑOS MIGRANTES
Y SUS FAMILIARES, en su CAPÍTULO III relativo al FONDO DE SOLIDARIDAD CON EL MIGRANTE HONDUREÑO, contenido del Decreto No.106 2013 del 10 de Junio de 2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha 15 de Febrero de 2014, reformado mediante Decreto N.15-2015, del 25
de Febrero de 2015, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” del 19 de Marzo del 2015, el cual en adelante se leerá de la manera siguiente:....
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13-08-2024 | 2024 | Julio | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM, de Gaceta NUM. 36,589 de fecha JUEVES 18 DE JULIO DEL 2024. Se prohíbe el cambio de uso de suelo en áreas de bosque en donde los terrenos resultasen afectados por efecto de plagas,
enfermedades forestales, fenómenos naturales o de incendios forestales cuyo origen se desconozca o sea provocado de manera intensional, u otras causas de degradación o deforestación en un plazo
de cincuenta (50) años a partir de la fecha del incendio o deforestación del bosque.Esta prohibición está dirigida a toda clase de lotificación habitacional, residencial, comunal y cualquier otro
tipo de construcción; incluyendo instalaciones comerciales e industriales, así como para actividades mineras, agricultura, ganadería y otras actividades productivas.
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13-08-2024 | 2024 | Julio | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM, de No. 36,595 Gaceta de fecha 25 DE JULIO DEL 2024 ARTÍCULO 1.- OBJETO. La presente Ley es de orden público y social, su objeto es la vinculación directa entre la población
estudiantil, las organizaciones de la sociedad civil (OSC), la institucionalidad del Estado y el sector privado en todas las comunidades del territorio nacional, para fomentar conciencia y realizar
acciones de preservación, restauración y protección de los ecosistemas locales.ARTÍCULO 2.- ALCANCE. La presente Ley es aplicable en todo el territorio nacional y de ineludible cumplimiento, su ejecución será coordinada por el Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal,
Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), en colaboración con la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación (SEDUC)....
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13-08-2024 | 2024 | Julio | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM, de GACETA No. 36,589 de Fecha 18 DE JULIO DEL 2024 ARTÍCULO 1.- Reformar por adición el Artículo 109-A, de la LEY FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE, contenida en el Decreto
Legislativo No. 98-2007, del 19 de Septiembre de 2007 y publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 26 de Febrero del año 2008, Edición 31,544, el cual a partir de la fecha se
lee de la manera siguiente: o “ARTÍCULO 109-A. Cualquier modificación que implique la reducción
de un Área Protegida y Vida Silvestre, solo podrá ser declarada mediante
reforma a la Ley que la declara y esta debe ser aprobada mediante mayoría calificada de las dos terceras partes (2/3) de la totalidad de los miembros
del Congreso Nacional.
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13-08-2024 | 2024 | Julio | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM, de gaceta NUM. 36,599 de fecha MARTES 30 DE JULIO DEL 2024. ARTÍCULO 1.- Aprobar en todas y cada una de las partes el ACUERDO DE COSECHA TEMPRANA ENTRE EL
GOBIERNO DE HONDURAS Y LA REPÚBLICA POPULAR DE CHINA, referente al acceso inmediato al camarón hondureño al mercado Chino, sin tener que esperar la vigencia del Tratado de Libre Comercio entre Honduras y China, además de armonizar y simplificar los
procedimientos y las prácticas aduaneras en el país, para facilitar el comercio a un nuevo esquema de integración internacional, que literalmente dice:.......
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13-08-2024 | 2024 | Julio | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM, de GACETA NUM. 36,577, de fecha JUEVES 4 DE JULIO DEL 2024. ARTÍCULO 1. En virtud de que las acciones ejecutadas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional y la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en el marco de los Decretos Ejecutivos de
suspensión de garantías constitucionales, han tenido resultados positivos frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país, ocasionada
esencialmente por grupos criminales organizados que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión,
asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama el pueblo como alarmante calamidad pública, SE DECRETA por un período de cuarenta y cinco (45) días la suspensión de
garantías constitucionales establecidas en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República, a partir de las 6:00 p.m., del día jueves 04 de julio de 2024, hasta las 6:00 p.m., del día domingo 18 de agosto de 2024.
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13-08-2024 | 2024 | Julio | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM, Gaceta NUM. 36,552 MIÉRCOLES 5 DE JUNIO DEL 2024. PRIMERO: Aprobar en toda y cada una de sus partes el “CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA SIMPLIFICACIÓN Y ARMONIZACIÓN DE LOS
REGÍMENES ADUANEROS”, que literalmente dice: “CONVENIO INTERNACIONAL PARA LA
SIMPLIFICACIÓN Y ARMONIZACIÓN DE LOS REGÍMENES ADUANEROS”.
PREAMBULO Las Partes Contratantes del presente Convenio elaborado bajo los auspicios del Consejo de Cooperación Aduanera, PROCURANDO eliminar las divergencias existentes entre los
regímenes y las prácticas aduaneras de las Partes Contratantes que pudieren obstaculizar el comercio internacional y otros intercambios internacionales,......
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10-07-2024 | 2024 | Junio | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM, Gaceta No. 36,553 de fecha 6 DE JUNIO DEL 2024 ARTÍCULO 1.- La finalidad de la presente Ley es establecer regulaciones para la venta y comercialización de las bebidas energizantes a personas menores de dieciocho (18) años de edad, entendiéndose por Bebida Energizante como las bebidas
funcionales no alcohólicas con un efecto estimulante y una combinación especial de ingredientes característicos como: cafeína, azúcar, taurina, vitamina B u otras sustancias como ginseng, guaraná,
yerba mate, acai, maltodextrina, inositol, carnitina, creatina, glucuronolactona, ginkgo biloba, L-carnitina, riboflavina, piridoxina, aromas o demás sustancias
con efectos fisiológicos o valor nutricional. ARTÍCULO 2.- Se prohíbe en todo el territorio nacional,
la comercialización y consumo de bebidas energizantes a personas menores
de dieciocho (18) años de edad.......
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10-07-2024 | 2024 | Junio | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM, Gaceta No. 36,549 de fecha 1 DE JUNIO DEL 2024 ARTÍCULO 1. Declarar ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA ANTE EL AUMENTO DE CASOS DE DENGUE, en todo el territorio a nivel nacional, con el propósito de continuar y fortalecer las acciones de prevención, control y vigilancia epidemiológica por los casos sospechosos y conformados por el vector (Aedes Aegypti), que trasmite el virus. ARTÍCULO 2. La Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) dirigirá las acciones concretas y basadas en evidencia científica, para lograr la prevención y el control del dengue a nivel nacional, incluyendo las acciones de vigilancia, diagnóstico precoz y tratamiento oportuno de los
casos. Se insta a las demás Organizaciones del Sector Salud a tomar las medidas necesarias para fortalecer la vigilancia epidemiológica, la comunicación de riesgo y el control del
vector que trasmite el virus del dengue de forma inmediata. ARTÍCULO 3. Se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL), para adquirir mediante la modalidad de contratación directa, los servicios, insumos, equipos, medicamentos, entre otros que sean necesarios para
hacer frente a la presente declaratoria de estado de emergencia. ARTÍCULO 4. Se autoriza e instruye a todas las instituciones de la Administración Pública a prestar toda la colaboración necesaria a la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud.....
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10-07-2024 | 2024 | Junio | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM, Gaceta No. 36,558 de fecha 12 DE JUNIO DEL 2024,
Poder Judicial ACUERDO No. CSJ-3-2024 C E R T I F I C A C I Ó N La Infrascrita Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia, CERTIFICA: El acuerdo que literalmente dice: “Acuerdo de modificación de la competencia objetiva para el conocimiento del circuito judicial nacional en
materia de criminalidad organizada, medio ambiente y corrupción. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, 28 de mayo de 2024. El Pleno de la Corte Suprema de Justicia
Parte Considerativa 1. La calidad del aire en Honduras ha sido en las últimas semanas, motivo de creciente preocupación, debido a una serie de factores que contribuyen a su deterioro. Uno de los
principales factores desencadenantes es la actividad industrial y vehicular en áreas urbanas densamente pobladas, por cuanto, las emisiones de gases contaminantes y partículas finas. han alcanzado niveles alarmantes. La falta de regulaciones ambientales efectivas y la escasa aplicación de medidas de control de la contaminación, han exacerbado esta problemática, afectando la salud de la población y contribuyendo a enfermedades respiratorias y cardiovasculares. Honduras
enfrenta una crisis ambiental de proporciones alarmantes, una realidad que amenaza la biodiversidad del país y la salud de sus ciudadanos. En los últimos días, en ciudades como
San Pedro Sula y Tegucigalpa, los niveles de contaminación del aire han alcanzado récords nunca antes vistos; por lo que dichos niveles fueron catalogados como “insalubres” y
“muy insalubres” por IQAir, una empresa especializada en la protección contra los contaminantes del aire. Esta situación ha desencadenado medidas extraordinarias, poniendo en relieve la urgencia de una respuesta integral y coordinada para abordar esta crisis. La calidad del aire se ha deteriorado
considerablemente debido a factores como los incendios agrícolas y la quema de zacateras, prácticas exacerbadas por la ausencia de lluvias. Las consecuencias son evidentes, cierre de aeropuertos y riesgo grave para la salud, con efectos nocivos que van desde problemas respiratorios hasta fatiga y
mareos, generando preocupación en la población. A manera de ejemplo, la contaminación del aire en Tegucigalpa, supera el límite seguro, en un 820%, convirtiéndose en un factor
altamente nocivo para su población...
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10-07-2024 | 2024 | Junio | |
DECRETO EJECUTIVO |
Nota aclaratoria que no se realizaron publicaciones de PCM-correspondiente al mes de mayo dentro del periodo comprendido del 01 de MAYO al 31 de Mayo del año 2024
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13-06-2024 | 2024 | Mayo | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM de gaceta NUM. 36,514 SÁBADO 20 DE ABRIL DEL 2024. ARTÍCULO 1. En virtud de la grave situación de calamidad pública provocada por el incendio que destruyó el Hospital de Roatán, se declara ESTADO DE EMERGENCIA EN EL SISTEMA DE SALUD PÚBLICA DEL DEPARTAMENTO DE ISLAS DE LA BAHÍA, con el propósito de garantizar el cumplimiento del derecho constitucional a la salud, restableciendo a la mayor brevedad posible los servicios de salud pública que se han visto afectados por este siniestro. ARTÍCULO 2. Crear una COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL AD-HOC para la atención de la presente emergencia, la cual estará encargada de garantizar el restablecimiento, en el menor tiempo posible, de la prestación de los servicios de salud pública y el acondicionamiento de la infraestructura hospitalaria.
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10-05-2024 | 2024 | Abril | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM. Gaceta NUM. 36,478 de fecha MIÉRCOLES 6 DE MARZO DEL 2024. ARTÍCULO 1. Créase el Gabinete Sectorial para la Coordinación, Gestión y Transparencia de la Inversión Pública, que tendrá a su cargo la coordinación y adecuada gestión con índices internacionales de transparencia, de
todos los proyectos de inversión pública en infraestructura.ARTÍCULO 2. El Gabinete Sectorial estará integrado por los titulares de las siguientes instituciones: 1. Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN),que tendrá a su cargo la Coordinación del Gabinete;
2. Secretaría de Estado en el Despacho de Planificación Estratégica (SPE), quien tendrá a su cargo la Secretaría delGabinete; 3. Secretaría de Estado para el Desarrollo y Seguimiento de
Proyectos y Acuerdos (SEDESPA);4.Dirección de Gestión por Resultados (DIGER); y,
5. Secretaría de Estado en el Despacho de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción (STLCC). Además, podrán ser invitados a las sesiones de este GabineteSectorial con voz, pero sin voto y de acuerdo a los tipos deproyectos, las instituciones que a continuación se detallan:
1. Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT); 2. Secretaría de Estado en el Despacho de Educación(SEDUC); 3. Secretaría de Estado en los Despachos de Desarrollo
Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS);
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15-04-2024 | 2024 | Marzo | |
DECRETO EJECUTIVO |
Nota aclaratoria sobre decretos ejecutivos correspondiente al mes de febrero 2024
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02-04-2024 | 2024 | Febrero | |
DECRETETO EJECUTIVO |
PCM. Gacete de fecha VIERNES 5 DE ENERO DEL 2024. NUM. 36,426. ARTÍCULO 1. Suprimir la figura de Junta Administradora Especial Temporal o Administrador Único Especial Temporal
en el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA),creada mediante Decreto Legislativo Número 27-2020. ARTÍCULO 2. Crear la Junta Directiva del Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA), quien tendrá a su cargola Dirección Superior de la institución, tendrá las funciones
y se regulará conforme a lo establecido en los artículos 6, 7 y demás aplicables de la Ley del Banco Nacional de DesarrolloAgrícola (BANADESA). ARTÍCULO 3. La Junta Directiva estará integrada por los
titulares de las siguientes instituciones: 1. Secretaría de Estado en los Despachos de
Agricultura y Ganadería (SAG), quien la presidirá; 2. El Presidente Ejecutivo del Banco Nacional de
Desarrollo Agrícola, quien ejercerá la secretaría;3. Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
(SEFIN);...
4. Secretaría de Estado en el Despacho de Planificación
Estratégica (SEPLAN);
5. Banco Central de Honduras (BCH); y,
6. Instituto Nacional Agrario (INA).
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08-03-2024 | 2024 | Enero | |
DECRETO EJECUTIVO |
Nota aclaratoria que no se realizaron publicaciones de PCM de decreto ejecutivo en el periodo comprendido del 01 de Diciembre al 31 de Diciembre del año 2023
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05-03-2024 | 2023 | Diciembre | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM- de Gaceta de fecha 17 DE NOVIEMBRE DEL 2023 No. 36,386, ARTÍCULO 1. En virtud de que las acciones ejecutadas por Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de
la Policía Nacional, la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), y con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en cumplimiento de los Decretos Ejecutivos número
PCM 29-2022, PCM 01-2023, PCM 10-2023, PCM 15-2023, PCM 24-2023, PCM 33-2023, PCM 37-2023 y PCM 42-2023, de suspensión de garantías constitucionales, han rendido muy
buenos resultados frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país, ocasionada esencialmente por grupos criminales organizados
que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros,
que reclama el pueblo como alarmante calamidad pública, SE DECRETA por un periodo de cuarenta y cinco (45) días la suspensión de garantías constitucionales establecidas en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República, a partir de las 6:00 p.m. del día viernes 17 de
noviembre de 2023, hasta las 6:00 p.m. del día lunes 01 de enero de 2024.
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13-12-2023 | 2023 | Noviembre | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM- de Gaceta de fecha JUEVES 23 DE NOVIEMBRE DEL 2023. NUM. 36,391,ARTÍCULO 1. En virtud de la Declaratoria de ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA en todo sistema de salud pública a nivel nacional para el año 2023, aprobada mediante los Decretos Ejecutivos número PCM 16-2022 y PCM 04-2023; con el objetivo de garantizar el derecho a la salud y mejorar el acceso de la población hondureña a servicios de atención médica de calidad mediante la construcción de
clínicas y hospitales públicos eficientes y adecuadamente equipados, priorizando el rescate y fortalecimiento del Sistema Sanitario Público Nacional, SE AUTORIZA a la Secretaría de
Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT) a realizar la contratación directa de los bienes y servicios, tales como obras, diseño, consultorías, suministros, construcción,
instalación y supervisión, entre otros que sean necesarios para la construcción y puesta marcha de los siguientes Hospitales:1. Hospital Básico de Ocotepeque; 2. Hospital Básico de Salamá; y,3. Hospital Regional de Santa Bárbara .ARTÍCULO 2. Se autoriza e instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) identificar, gestionar y asignar a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), los fondos financieros que sean necesarios para el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto Ejecutivo, quedando autorizada para realizar las operaciones presupuestarias y financieras para la ejecución de los recursos asignados, así como la aprobación de las modificaciones presupuestarias de conformidad con la ley, que permitan garantizar la construcción, puesta en marcha, desarrollo integral e implementación de los Hospitales
enunciados en el artículo precedente.
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14-12-2023 | 2023 | Noviembre | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM/Gaceta No. 36,370, 30 DE OCTUBRE DEL 2023,ARTÍCULO 1. Derogar el artículo 23 del Decreto Ejecutivo número PCM-009-2018 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, en fecha 23 de marzo del 2018, número 34,600.ARTÍCULO 2. En aplicación a los artículos 1 y 11 del Decreto Legislativo No. 84-2001 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, en fecha 23 de julio del 2001, edición número 29,536, el Centro Nacional de Educación para el Trabajo (CENET), queda adscrito a la Secretaría de Estado en
el Despacho de Educación (SEDUC), incluyendo sus partidas presupuestarias y demás bienes y activos.
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11-11-2023 | 2023 | Octubre | |
DECRETO EJECUTIVO |
Gaceta No. 36,362 19 DE OCTUBRE DEL 2023 ARTÍCULO 1. OBJETO. El presente Reglamento
del Convenio Interinstitucional para la Reparación y Reconstrucción de Centros Educativos tiene por objeto, regular la aplicación y establecimiento, lineamientos y procedimientos para la asignación, manejo, ejecución, control, seguimiento y liquidación de los recursos destinados en el mejoramiento de las condiciones de la infraestructura de los distintos Centros Educativos del país.....
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11-11-2023 | 2023 | Octubre | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM/ Gaceta NUM. 36,357VIERNES 13 DE OCTUBRE DEL 2023. DECRETA:ARTÍCULO 1. Crear la Secretaría de Estado en los Despachos de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF), a partir del 01
de enero de 2024, la cual será la responsable de la rectoría, formulación, coordinación, gestión, monitoreo y evaluación de la política pública y la normativa de la garantía y la protección
integral de los derechos de la niñez, adolescencia y familia, así como de los programas y servicios especializados en la materia. Asimismo, se suprime la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia (DINAF), a partir de la precitada fecha de creación de la Secretaría de Estado en los Despachos de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF).
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11-11-2023 | 2023 | Octubre | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM/Gaceta NUM. 36,349 MARTES 3 DE OCTUBRE DEL 2023. ARTÍCULO 1. En virtud de que las acciones ejecutadas por Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional, la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), y con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en cumplimiento de los Decretos Ejecutivos número PCM 29-2022, PCM 01-2023, PCM 10-2023, PCM 15-2023, PCM 24-2023, PCM 33-2023 y PCM 37-2023, de
suspensión de garantías constitucionales, han rendido muy buenos resultados frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país,
ocasionada esencialmente por grupos criminales organizados que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama el pueblo como alarmante calamidad pública, SE DECRETA por un periodo de cuarenta y cinco (45) días la suspensión de garantías constitucionales establecidas en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de
la República, a partir de las 6:00 p.m. del día martes 03 de octubre de 2023, hasta las 6:00 p.m. del día viernes 17 de noviembre de 2023. En consecuencia, la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional y con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas y de la Policía Militar del
Orden Público (PMOP), respetando el principio de necesidad y proporcionalidad, quedan facultadas para detener a las personas que determine y considere responsables de asociarse,
ejecutar, o tener vinculaciones, en la comisión de delitos y crímenes contemplados en este Decreto, en todos los sectores de los municipios del Distrito Central y San Pedro Sula y otros municipios identificados por la Policía Nacional en los listados que se adjuntan a este Decreto (ANEXO ÚNICO)
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11-11-2023 | 2023 | Octubre | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM/Gaceta No. 36,349 3 DE OCTUBRE DEL 2023. ARTÍCULO 2. Las contrataciones que se realicen al amparo del presente Decreto, deberán desarrollarse siguiendo las disposiciones establecidas en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento, y de conformidad con la legislación
nacional, procurando obtener las condiciones más ventajosas y de calidad para la Administración Pública, así como la mayor transparencia y veeduría en el proceso. ARTÍCULO 3. Se autoriza e instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) a identificar y proveer los recursos necesarios a la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación
Internacional (SRECI), para el cumplimiento de lo establecido en el presente Decreto, por una cantidad no menor de SEIS MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L 6,000,000.00) del Presupuesto General de la República 2023, los cuales serán destinados a la contratación, adquisición de bienes,
servicios, suministros, arrendamientos, desaduanajes y todo lo relacionado con la participación de Honduras en la Exposición Internacional de Importaciones China 2023
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11-11-2023 | 2023 | Octubre | |
DECRETO EJECUTIVO |
Gaceta NUM. 36,329 de PCM de fecha . VIERNES 8 DE SEPTIEMBRE DEL 2023. ARTÍCULO 1. Aprobar el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el Ejercicio Fiscal 2024,
presentado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), el cual está formulado considerando lo establecido en el Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo (MMFMP) 2024-2027 y observando los techos presupuestarios considerados en el mismo, el cual asciende a un monto
de CUATROCIENTOS SEIS MIL QUINIENTOS OCHENTA MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA
Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO LEMPIRAS EXACTOS (L406,580,869,634.00) desglosados de la manera siguiente: a) Apruébese como estimación de Ingresos y Egresos
de la Administración Central para el Ejercicio Fiscal 2024, la suma de DOSCIENTOS CUARENTA
Y OCHO MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UN LEMPIRAS EXACTOS (L248,218,537,941.00); y......
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17-10-2023 | 2023 | Septiembre | |
DECRETO EJECUTIVO |
Gaceta No. 36,3298 de PCM de fecha DE SEPTIEMBRE DEL 2023 ARTÍCULO 1. Suprimir la Dirección General de Servicio Civil y crear la Administración Nacional de Servicio Civil (ANSEC), como un ente desconcentrado de la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia, con independencia funcional, técnica y administrativa y con personalidad jurídica propia. La Administración Nacional de Servicio Civil (ANSEC) asumirá todas las facultades y competencias que correspondían a la Dirección General de Servicio Civil, y será la responsable de la aplicación de la Ley de Servicio
Civil y su Reglamento. ARTÍCULO 2. La Administración Nacional de Servicio Civil (ANSEC), actuará a través de un Secretario Ejecutivo y un Subsecretario Ejecutivo, ambos de libre remoción y nombramiento de la Presidencia de la República. El Secretario Ejecutivo es el representante legal de la institución, responsable de ejecutar las funciones y atribuciones de la misma. Son órganos de la Administración Nacional de Servicio Civil (ANSEC): 1) La Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia; 2) El Consejo Directivo; y, 3) La Administración Nacional de Servicio Civil (ANSEC).
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17-10-2023 | 2023 | Septiembre | |
DECRETO EJECUTIVO |
Gaceta NUM. 36,330 de PCM de fecha SÁBADO 9 DE SEPTIEMBRE DEL 2023. ARTÍCULO 1. En virtud de la Declaratoria de ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA en todo sistema de salud
pública a nivel nacional por el año 2023, aprobada mediante los Decretos Ejecutivos número PCM 16-2022 y PCM 04- 2023; SE AUTORIZA al Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), a realizar la contratación directa de bienes, servicios, tales como: obras, diseño, consultorías, suministros,
construcción, instalación y supervisión, entre otros, que sean necesarios para el desarrollo del Complejo Científico Industrial de Honduras, y el Laboratorio Nacional de Moléculas
Biológicas, Genética y Prototipos de Salud (COCINH / LABHONDURAS), cuyo objetivo es la provisión de servicios, abastecimiento, fabricación y producción de medicamentos, con dispositivos médicos de última generación, que faciliten los análisis genéticos y moleculares así como la fabricación de
prototipos de salud para poder brindar una oportuna atención a toda la población hondureña.
Lo anterior, en estricto cumplimiento de los requisitos y procedimientos establecidos en la Ley de Contratación del Estado y demás legislación aplicable, y de acuerdo al presupuesto que para tal efecto tenga disponible o le sea asignado al Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS).
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17-10-2023 | 2023 | Septiembre | |
DECRETO EJECUTIVO |
GACETA, NUM. 36,297MIERCOLES 2 DE AGOSTO DEL 2023. ARTÍCULO 1. Aprobar en todas y cada una de sus partes el CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA PRESIDENCIA DE REPÚBLICA DE HONDURAS Y LA ASOCIACIÓN DE MUNICIPIOS DE HONDURAS (AMHON) PARA LA REPARACIÓN Y RECONSTRUCCIÓN DE POR LO MENOS 12 MIL CENTROS EDUCATIVOS, que establece:“ C O N V E N I O M A R C O D E C O O P E R A C I Ó N INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA PRESIDENCIA DE REPÚBLICA DE HONDURAS Y LA ASOCIACIÓN
DE MUNICIPIOS DE HONDURAS (AMHON) PARA LA REPARACIÓN Y RECONSTRUCCIÓN DE POR LO
MENOS 12 MIL CENTROS EDUCATIVOS.
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14-09-2023 | 2023 | Agosto | |
DECRETO EJECUTIVO |
GACETA, No. 36,2972 DE AGOSTO DEL 2023 ARTÍCULO 1. Autorizar al Instituto Hondureño de
Mercadeo Agrícola (IHMA), para que por la vía directa compre nacional y/o internacionalmente maíz, a precios competitivos de mercado, con el objeto de abastecer y suplir las necesidades alimentarias de la población hondureña, permitiendo al Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola (IHMA) comercializar a través de la Suplidora Nacional de Productos Básicos (BANASUPRO), con un descuento de hasta el veinticinco por ciento (25%) del precio de adquisición. ARTÍCULO 2. Se instruye y autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), para que reembolse al
Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola (IHMA) hasta el veinticinco por ciento (25%) de descuento que este le otorgue a la Suplidora Nacional de Productos Básicos (BANASUPRO),
tan pronto el Instituto Hondureño de Mercadeo Agrícola (IHMA) haya presentado las liquidaciones correspondientes
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14-09-2023 | 2023 | Agosto | |
DECRETO EJECUTIVO |
GACETA NUM. 36,312. SABADO 19 DE AGOSTO DEL 2023. ARTÍCULO 1. En virtud de que las acciones ejecutadas por Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional, la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), y con la cooperación de la Secretaría de
Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en cumplimiento de los Decretos Ejecutivos número PCM 29-2022, PCM 01-2023, PCM 10-2023, PCM 15-2023, PCM 24-2023, y PCM 33-2023 de suspensión de garantías
constitucionales, han rendido muy buenos resultados frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país, ocasionada esencialmente por grupos criminales organizados que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama el pueblo como alarmante calamidad pública, SE DECRETA por un periodo de cuarenta y cinco (45) días la suspensión de garantías constitucionales establecidas en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República, a partir de las 6:00 p.m. del día sábado 19 de agosto de 2023 y hasta las 6:00 p.m. del día martes 03 de octubre de 2023. En consecuencia, la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional y con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), respetando el principio de necesidad y proporcionalidad, quedan facultadas para detener a las personas que determine y considere responsables de asociarse, ejecutar, o tener vinculaciones, en la comisión de delitos y crímenes contemplados en este Decreto, en todos los sectores de los Municipios del Distrito Central y San Pedro Sula y otros Municipios identificados por la Policía Nacional en los listados que se adjuntan a este Decreto (ANEXO ÚNICO).
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14-09-2023 | 2023 | Agosto | |
DECRETO EJECUTIVO |
GACETA NUM. 36,304. JUEVES 10 DE AGOSTO DEL 2023. ARTÍCULO 1. Como medida extraordinaria en materia económica por razones de interés público y social, para hacer frente a la actual crisis económica en el país, se subsidia el 50% del diferencial a los precios de la Gasolina Regular y
Diésel, que cause el aumento que sufran los precios máximos fijados en el Sistema de Precios Paridad de Importación aprobado por la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN), el cual estará vigente a partir de las 6:00 am del día lunes 14 de agosto de 2023 hasta las 5:59 am
del día lunes 04 de septiembre del año 2023. ARTÍCULO 2. La Secretaría de Estado en el Despacho de
Energía (SEN), queda facultada para realizar el subsidio de los Precios de los Combustibles Líquidos (Gasolina Regular y Diésel), establecidos para cada semana mediante el Sistema de Precios Paridad de Importación en el período comprendido en el artículo precedente. La Secretaría de Estado en el Despacho de Energía (SEN), en el uso de la facultad otorgada mediante el presente Decreto, aplicará el subsidio cuando el cálculo de las tendencias de los precios en el mercado internacional sea en aumento. Se tomarán como base para el subsidio, los precios más bajos que se reflejen en el Sistema de Precios Paridad de Importación; conforme la fluctuación de las alzas que se generen por las tendencias del mercado internacional, beneficiando de tal forma la económica del consumidor final.
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14-09-2023 | 2023 | Agosto | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM de Gaceta NUM. 36,273 de fecha MIÉRCOLES 5 DE JULIO DEL 2023. DECRETA:ARTÍCULO 1. En virtud de que las acciones ejecutadas por Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional, la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), y con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en cumplimiento del Decreto Ejecutivo
número PCM 29-2022, del Decreto Ejecutivo número PCM 01-2023, del Decreto Ejecutivo número PCM 10-2023, del Decreto Ejecutivo número PCM 15-2023 y del Decreto Ejecutivo número PCM 24-2023 de suspensión de garantías constitucionales, han rendido muy buenos resultados frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país, ocasionada esencialmente por grupos criminales organizados que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama el pueblo como alarmante calamidad pública, SE DECRETA por un periodo de cuarenta y cinco (45) días la suspensión de garantías constitucionales establecidas en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República, a partir de las 6:00 p.m. del día miércoles 05 de julio de 2023 y hasta las 6:00 p.m. del día sábado 19 de agosto de 2023. En consecuencia, la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional y con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), respetando el principio de necesidad y proporcionalidad, quedan facultadas para detener a las personas que determine y considere responsables de asociarse, ejecutar, o tener vinculaciones, en la comisión de delitos y crímenes contemplados en este Decreto, en todos los sectores de los Municipios del Distrito Central y San Pedro Sula y otros Municipios identificados por la Policía Nacional en los listados que se adjuntan a este Decreto (ANEXO ÚNICO).
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12-08-2023 | 2023 | Julio | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM. 6 DE JUNIO DEL 2023 de gaceta No. 36,247 ARTÍCULO 1. Se ordena a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), trasladar todos los expedientes administrativos correspondientes de la Cadena de Comercialización de Hidrocarburos a la Secretaría
de Estado en el Despacho de Energía (SEN), para que se continúe con el procedimiento administrativo correspondiente, conforme a las disposiciones legales aplicables....
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14-07-2023 | 2023 | Junio | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM. 9 DE JUNIO DEL 2023 de gaceta No. 36,250 ARTÍCULO 1. Con el objeto de garantizar el desarrollo y/o continuidad de las operaciones administrativas y financieras, se asigna la gestión y administración de los fondos del mecanismo de cooperación “FONDO CONTRAVALOR NON PROJECT HONDURAS/JAPÓN” a la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia (SEP) a través de la
Unidad Administradora de Proyectos (UAP). ARTÍCULO 2. Con el objeto de garantizar el desarrollo y/o continuidad de los proyectos y programas bajo el mecanismo de cooperación “FONDO CONTRAVALOR....
NON PROJECT HONDURAS/JAPÓN”, los mismos pasarán
a ser administrados por la Secretaría de Estado en el Despacho
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14-07-2023 | 2023 | Junio | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM 23 DE JUNIO DEL 2023 de gaceta No. 36,262 ARTÍCULO 1. En virtud de la ratificación de la Declaratoria de ESTADO DE EMERGENCIA EN EL SISTEMA PENITENCIARIO NACIONAL realizada mediante Decreto Ejecutivo número PCM 28-2023, se autoriza a las Fuerzas Armadas de Honduras, para que, mediante el proceso de contratación directa, pueda proceder a la compra y adquisición de los bienes, suministros y servicios para: 1. La construcción del Centro Penitenciario de Máxima
Seguridad en las Islas del Cisne, Departamento de Islas de la Bahía; y, 2. Finalización de la construcción del Centro Penal de Naco, Departamento de Cortés. Lo anterior, en estricto cumplimiento de los requisitos y procedimiento establecidos en la Ley de Contratación del
Estado y demás legislación aplicable.....
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14-07-2023 | 2023 | Junio | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM DOMINGO 25 DE JUNIO DEL 2023. de gaceta NUM. 36,264 ARTÍCULO 1. SE DECRETA la suspensión de la garantía de libre circulación contenida en el artículo 81 de la Constitución de la República, quedando restringida la circulación de personas en los municipios de Choloma y San Pedro Sula, por la operación de seguridad denominada “Candado Valle de Sula” de la siguiente manera: .....
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14-07-2023 | 2023 | Junio | |
Decreto Ejecutivo |
PCM 03-2022. de Gaceta NUM. 36,195SÁBADO 1 DE ABRIL DEL 2023. AÑO CXLV TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A ARTÍCULO 1. Prorrogar la declaratoria de ESTADO DE EMERGENCIA EN EL SISTEMA PENITENCIARIO NACIONAL, así como la vigencia del Decreto Ejecutivo PCM 03-2022 de fecha 01 de marzo de 2022, por un período de UN (1) año, con el propósito de continuar con el proceso de traspaso gradual y progresivo del Sistema Nacional Penitenciario a autoridades civiles no uniformadas. ARTÍCULO 2. Remitir el presente Decreto Ejecutivo al Congreso Nacional de la República para su conocimiento. ARTÍCULO 3. El presente Decreto Ejecutivo es de ejecución
inmediata y entrará en vigencia a partir de su fecha, debiendo publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, al primer (01) día del mes de marzo del año dos mil veintitrés (2023).
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14-05-2023 | 2023 | Abril | |
Decreto Ejecutivo |
PCM 29-2022, Gaceta NUM. 36,199 JUEVES 6 DE ABRIL DEL 2023. AÑO CXLV TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. ARTÍCULO 1. En virtud de que las acciones ejecutadas por Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional, la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), y con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en cumplimiento del Decreto Ejecutivo número PCM 29-2022, del Decreto Ejecutivo número PCM 01-2023 y del Decreto
Ejecutivo número PCM 10-2023, de suspensión de garantías constitucionales, han rendido muy buenos resultados frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país, ocasionada esencialmente por grupos criminales organizados que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama el pueblo como alarmante calamidad pública, SE DECRETA por un periodo de cuarenta y cinco (45) días la suspensión de garantías constitucionales establecidas en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República, a partir de las 6:00 p.m. del día jueves 06 de abril de 2023 y hasta las 6:00 p.m. del día domingo 21 de mayo de 2023. En consecuencia, la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional y con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), respetando el principio de necesidad y proporcionalidad, quedan facultadas para detener a las
personas que determine y considere responsables de asociarse, ejecutar, o tener vinculaciones, en la comisión de delitos y crímenes contemplados en este Decreto, en todos los sectores
de los Municipios del Distrito Central y San Pedro Sula y otros Municipios identificados por la Policía Nacional en los listados que se adjuntan a este Decreto (ANEXO ÚNICO).
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14-05-2023 | 2023 | Abril | |
Decreto Ejecutivos |
Nota explicativa que detalla que no hubo publicación de PCM que afecte de alguna forma a la Municipalidad en el periodo comprendido del 01 de Marzo al 31 de Marzo del año 2023
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18-04-2023 | 2023 | Marzo | |
Decretos Ejecutivos |
PCM072023, Gaceta NUM. 36,151JUEVES 9 DE FEBRERO DEL 2023. ARTÍCULO 1. Nombrar una Comisión Interventora de la
Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI), que se
encargue de la administración y funcionamiento de la entidad,
misma que deberá brindar un plan de trabajo y soluciones a la
grave situación por la que atraviesa la institución.
La Comisión Interventora tendrá amplios poderes conforme a
las facultades otorgadas en el presente Decreto y las contenidas
en el artículo 100 de la Ley General de la Administración
Pública; así como todas aquellas facultades que legalmente
le correspondan
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10-03-2023 | 2023 | Febrero | |
Decreto Ejecutivo |
PCM082023 Gaceta No. 36,1519 DE FEBRERO DEL 2023 Nombrar una Comisión Interventora de la
Dirección General de Servicio Civil, que se encargue de la
administración y funcionamiento de la entidad, misma que
deberá brindar un plan de trabajo y soluciones a la grave
situación por la que atraviesa la institución.
La Comisión Interventora tendrá amplios poderes conforme a
las facultades otorgadas en el presente Decreto y las contenidas
en el artículo 100 de la Ley General de la Administración
Pública; así como todas aquellas facultades que legalmente
le correspondan.
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10-03-2023 | 2023 | Febrero | |
Decreto Ejecutivo |
PCM0102023 Gaceta NUM. 36,160 LUNES 20 DE FEBRERO DEL 2023. En virtud de que las acciones ejecutadas por
Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de
la Policía Nacional, la Dirección Nacional de Investigación
e Inteligencia (DNII), y con la cooperación de la Secretaría
de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de la
Policía Militar del Orden Público (PMOP), en cumplimiento
del Decreto Ejecutivo número PCM 29-2022 y del Decreto
Ejecutivo número PCM 01-2023, ambos de suspensión de
garantías constitucionales, han rendido muy buenos resultados
frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que
se sufre en las principales ciudades del país, ocasionada
esencialmente por grupos criminales organizados que operan
como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las
personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión,
asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama
el pueblo como alarmante calamidad pública, SE DECRETA
por un periodo de cuarenta y cinco (45) días la suspensión de
garantías constitucionales establecidas en los artículos 69, 78,
81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República, a partir de
las 6:00 p.m. del día lunes 20 de febrero de 2023 y hasta las
6:00 p.m. del día jueves 06 de abril de 2023.
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10-03-2023 | 2023 | Febrero | |
Decreto Ejecutivo |
Gaceta NUM. 36,219, UEVES 4 DE MAYO DEL 2023..AÑO CXLV TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. ARTÍCULO 1. Reformar los Artículos 74, 75 y 76 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo contenido en el Decreto Ejecutivo número PCM 008-97 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 07 de junio de 1997, en su edición 28,279, de conformidad a lo establecido en los Artículos 4, 22 y 28 de la Ley General de Administración Pública y Decreto Ejecutivo número PCM 05-2022 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha 6 de abril del 2022, en su edición 35,892, los cuales se leerán de la siguiente manera: SECCIÓN DÉCIMA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS
DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE (SIT)ARTÍCULO 74. Compete a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT):
1. La formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con las obras de infraestructura pública, el sistema vial y el transporte incluyendo:a. El planeamiento, estudio, diseño, construcción, supervisión y conservación de la red vial nacional,
incluyendo las vías de comunicación terrestre interurbanas y urbanas;b. El planeamiento, estudio, diseño, construcción, supervisión y conservación de las obras de infraestructura pública, cuya ejecución no esté atribuida expresamente a otras dependencias, y la
asesoría a estas últimas sobre esas mismas materias;c. La formulación de especificaciones técnicas para el diseño, construcción, supervisión y conservación de obras públicas;d. La rectoría sobre la supervisión y control del transporte terrestre, así como de la navegación y transporte
aéreos, de conformidad con las leyes sobre la materia;2. El régimen concesionario de obras públicas, incluyendo los procedimientos de adjudicación de concesiones, la regulación de las actividades del concesionario de acuerdo con los contratos y las leyes sobre la materia,
y la asesoría a las municipalidades que lo requieran, cuando se trate de concesión de obras públicas
municipales;3. Lo concerniente a los servicios geodésicos y cartográficos
del Estado; y,4. Los demás asuntos que disponga la legislación vigente
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12-06-2023 | 2023 | Enero | |
Gaceta 36,130 LUNES 16 DE ENERO DEL 2023 |
DECRETO EJECUTIVO NUMERO PCM-04-2023.-ARTICULO 1.-Prorrogar la DECLARACIÓN DEL ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA, en todo el Sistema de Salud Publica a nivel nacional por al año 2023, con el propósito de garantizar el cumplimiento del derecho constitucional a la salud, asegurando la provisión de servicios, insumos, medicamentos, y la atención oportuna de la población, asimismo fortalecer las acciones de vigilancia, prevención, control y garantizar la atención a las personas ante el actual ocurrencia de infección por coronavirus (COVID-19)
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10-02-2023 | 2023 | Enero | |
Gaceta 36,138 MIÉRCOLES 25 DE ENERO DEL 2023 |
DECRETO EJECUTIVO NUMERO PCM-5-2023.-ARTICULO 1.-Prorrogar la declaratoria del ESTADO DE EMERGENCIA ALIMENTARIA en todo el territorio nacional por al año 2023, con el objeto de garantizar la seguridad alimentaria y nutricional de las familias en condiciones de pobreza y pobreza extrema en el país, continuando con el proceso de reactivacion económica y financiera del BANCO NACIONAL DE DESARROLLO AGRÍCOLA (BANADESA)
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10-02-2023 | 2023 | Enero | |
Gaceta 36,123 SÁBADO 7 DE ENERO DEL 2023 |
DECRETO EJECUTIVO NUMERO PCM-02-2023.-ARTICULO 1.-DECLARAR ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA en todo el territorio nacional por un periodo de noventa (90) días calendario, periodo que puede ampliarse de acuerdo con la evaluación epidemiologica, con el objeto de prevenir, controlar y eliminar la presencia de Influenza Aviar (IA) altamente patógena en aves domesticas y silvestres. Lo anterior ante la confirmación de la presencia en territorio nacional de la Influenza Aviar (IA) H5N1 detectada en aves silvestres acuáticas identificadas como Pelícanos Pardos (Pelecanus Occidentalis)en la playa de la ciudad de La Ceiba, Departamento de Atlantida y en la laguna de Alvarado ubicada en la ciudad de Puerto Cortes, Departamento de cortes.
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10-02-2023 | 2023 | Enero | |
Gaceta 36,130 LUNES 16 DE ENERO DEL 2023 |
DECRETO EJECUTIVO NUMERO PCM-03-2023.-ARTICULO 1.-Declarar ESTADO DE EMERGENCIA en todo el territorio nacional a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), en todas sus unidades y dependencias, particularmente a la Unidad Ejecutora de Proyectos de Energía Renovable (UEPER), en todas las actividades atinentes a sus funciones contenidas en el Decreto Legislativo No. 279-2010 autorizando a la Unidad Ejecutora de Proyectos de Energía Renovable (UEPER) para realizar mediante el proceso de contratación directa con todos sus requerimientos, la adquisición, de bienes, servicios, suministros, construcción y ejecución de obras, arrendamiento de bienes, prestación de servicios de consultorias, especialmente las que sean necesarias para la ejecución de la Represa El Tablón y demás programas, proyectos y acciones destinadas a la contención y control de toda clase de desastres naturales, gozando dichos procesos de todas las prerrogativas y dispensas contenidas en el Decreto
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10-02-2023 | 2023 | Enero | |
Gaceta 36,122 VIERNES 6 DE ENERO DEL 2023 |
DECRETO EJECUTIVO NUMERO PCM-01-2023.-ARTICULO 1.-En virtud de que las acciones ejecutadas por la Secretaria de Estado en los Despachos de Seguridad, a través de la Policía Nacional, la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII y con la cooperación de la Secretaria de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de la Policía Militar del Orden Publico (PMOP), en cumplimiento del Decreto Ejecutivo Numero PCM-29-2022 de suspensión de garantías constitucionales han rendido muy buenos resultados frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país, ocasionada esencialmente por grupos criminales organizados que operan como mafias
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10-02-2023 | 2023 | Enero | |
Gaceta 36,093 SABADO 3 DE DICIEMBRE DEL 2022 |
DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-29-2022.-ARTíCULO 1.-En virtud de la grave perturbación de la paz y seguridad que prevalece en las principales ciudades del país ocasionando esencialmente por grupos criminales organizados, que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo yconsumando delitos de extorsión, asesinatos, robos tráfico de drogas y secuestros, que reclama el pueblo como alarmante clamidad pública, se resuelve .-suspender las garantias establecidas en la Constitución de la República en los artículos 69, 78, 81, 84,93 y 99 a partire de las 6.00 pm. del dí¬a martes 6 de diciembre del 2022, y hasta las 6.00 pmdel dia jueves 6 de enero del 2023.
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16-01-2023 | 2022 | Diciembre | |
Gaceta 36,078 MIÉRCOLES 16 DE NOVIEMBRE DEL 2022 |
DECRETO No.116-2022.-ARTíCULO 1.- Se concede prórroga hasta el 31 de Diciembre del año 2022, bajo las mismas condiciones, de la AMNíSTIA TRIBUTARIA MUNICIPAL, contenida en el Decreto Legislativo No. 29-2022, aprobado por el Congreso Nacional el día 18 de abril del 2022 y publicado en el diario Oficial La Gaceta Número 35,912 de fecha 2 de Mayo del 2022.
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13-12-2022 | 2022 | Noviembre | |
Gaceta 36,083 MARTES 22 DE NOVIEMBRE DEL 2022 |
DECRETO No. 77-2022.-ARTíCULO 1.-Declarar la Ruta Maya como un Programa Permanente de Interés Nacional, cuyo objeto es el fomento de los intercambios culturales con otras naciones del mundo, partiendo de valores ancestrales comunes a la Región Americana.
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13-12-2022 | 2022 | Noviembre | |
Gaceta 36,083 MARTES 22 DE NOVIEMBRE DEL 2022 |
DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-17-2022.-ARTíCULO 1.-Créase el Programa Social de Atención a las Familias de los Mártires de la Resistencia Hondureña, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2 del Decreto Legislativo No. 04-2022, a través del cual se brindará apoyo a los descendientes directos de las victimas de asesinato registradas por los informes de la CIDHy los Organismos de Derechos Humanos en Honduras en el marco del Golpe de Estado de 2009.
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13-12-2022 | 2022 | Noviembre | |
DECRETO EJECUTIVO |
Nota donde se expone que durante el mes de octubre año 2022 no se emitió Decreto ejecutivo PCM que afecte de algún modo a la municipalidad.
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16-11-2022 | 2022 | Octubre | |
Decreto Ejecutivo PCM 24. 2022 |
Declarar estado de emergencia en todo el territorio nacional por el período de noventa (90) días que se estima durará la temporada ciclónica en los dieciocho (18) departamentos del país, con la finalidad de responder de forma inmediata y oportuna, ante la grave situación y los riesgos que enfrentan miles de familias en el territorio nacional,
como consecuencia de las torrenciales lluvias, inundaciones y derrumbes en carreteras, puentes, viviendas y otras obras de infraestructura social.
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18-10-2022 | 2022 | Septiembre | |
DECRETO EJECUTIVO |
Nota donde se expone que durante el mes de agosto año 2022 no se emitió Decreto ejecutivo PCM que afecte de algún modo a la Municipalidad.
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13-09-2022 | 2022 | Agosto | |
DECRETO EJECUTIVO |
Nota donde se expone que durante el mes de julio año 2022 no se emitió Decreto ejecutivo PCM que afecte de algún moda a la municipalidad.
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11-08-2022 | 2022 | Julio | |
DECRETO EJECUTIVO |
Nota donde se expone que durante el mes de junio año 2022 no se emitió Decreto ejecutivo PCM que afecte de algún moda a la municipalidad.
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12-07-2022 | 2022 | Junio | |
DECRETO EJECUTIVO |
Nota donde se expone que durante el mes de mayo año 2022 no se emitió Decreto ejecutivo PCM que afecte de algún moda a la municipalidad.
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15-06-2022 | 2022 | Mayo | |
DECRETO EJECUTIVO |
PCM -05-2022, emitido en fecha 06 de abril año 2022, gaceta numero 35,892. Creacion de la Secretaria de estado en los despachos de Transparencia y lucha contra la corrupcion
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14-05-2022 | 2022 | Abril | |
DECRETO EJECUTIVO |
ACUERDO STSS 308-2022, con fecha 06 de abril año 2022, gaceta numero 35,982, Aprobar en toda y en cada una de sus partes el Acuerdo Tripartito en el marco de la Negociación para la Fijación del Salario Mínimo para los años 2022 y 2023, que fue suscrito y aprobado por los representantes del Sector Patronal, Sector Obrero y Sector Público, fijando el ajuste de Salario Mínimo a nivel nacional para los años 2022 y 2023 de conformidad a los porcentajes establecidos
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14-05-2022 | 2022 | Abril | |
DECRETO EJECUTIVO |
Nota donde se expone que durante el mes de Marzo año 2022 no se emitió Decreto ejecutivo PCM que afecte de algún moda a la municipalidad.
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21-04-2022 | 2022 | Marzo | |
DECRETO EJECUTIVO |
DECRETO EJECUTIVO No 03-2022, emitido el 28 DE MARZO 2022
Como medida extraordinaria en materia económica por razones de interés público y social, para hacer frente a la actual crisis económica en el país, se subsidia el cincuenta por ciento (50%) del aumento al precio del combustible diésel, tomando como base el precio de la semana del lunes 7 de marzo al domingo 13 de marzo de 2022, establecido a través del Sistema de Precios Paridad de Importación aprobado por el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Energía.
La duración del subsidio del cincuenta por ciento (50%) del aumento al precio del combustible diésel, será vigente a partir del martes 15 de marzo de 2022, hasta que la tendencia alcista en el precio de este combustible en el mercado internacional cese.
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21-04-2022 | 2022 | Marzo | |
DECRETO EJECUTIVO |
DECRETO EJECUTIVO PCM 02-2022 emitida en fecha 17 DE MARZO 2022
Instruir a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para que realice las operaciones presupuestarias, financieras y contables necesarias durante el ejercicio fiscal 2022, que permitan disponer del subsidio del pago del 60% a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) en favor de alrededor de un millón trescientos treinta y cuatro mil seiscientos cuarenta y ocho clientes con consumos iguales o inferiores a 150 kwh, los cuales pueden variar mes a mes según su tasa de consumo. Los montos mensuales deberán ser trasladados a la ENEE en un período no mayor a 30 días una vez recibida la notificación por parte de la Empresa
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21-04-2022 | 2022 | Marzo | |
DECRETO EJECUTIVO |
Nota donde se expone que durante el mes de febrero año 2022 no se emitió Decreto ejecutivo PCM que afecte de algún moda a la municipalidad.
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14-03-2022 | 2022 | Febrero | |
Decreto Ejecutivo |
Nota que describe que durante el mes de enero 2022 no se emitio Decreto Ejecutivo que afecte de alguna forma la Municipalidad.
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14-02-2022 | 2022 | Enero | |
PCM diciembre |
Nota sobre la no emisión de PCM que de alguna forma tengan injerencia en la administración o funcionamiento municipal, periodo del 01 al 31 de enero 2021
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14-01-2022 | 2021 | Diciembre | |
Decreto Ejecutivo |
Durante el periodo del 01 al 30 de noviembre no se publicó PCM que afecte de algún modo a la Municipalidad.
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14-12-2021 | 2021 | Noviembre | |
Decreto Ejecutivo |
Nota sobre la no emisión de PCM que afecten directamente a la institución.
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12-11-2021 | 2021 | Octubre | |
PCM 095-2021 |
PRÓRROGA DE LAS MEDIDAS DE RESTRICCIÓN A DERECHOS FUNDAMENTALES, DEL 06 AL 12 DE SEPTIEMBRE AÑO 2021
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19-10-2021 | 2021 | Septiembre | |
PCM 097-2021 |
PRÓRROGA DE LAS MEDIDAS DE RESTRICCIÓN A DERECHOS FUNDAMENTALES, DEL 13 AL 19 DE SEPTIEMBRE AÑO 2021
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19-10-2021 | 2021 | Septiembre | |
PCM septiembre |
Nota sobre la no emisión de PCM que afecten de alguna forma la Institución.
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19-10-2021 | 2021 | Septiembre | |
Gaceta 35,702 DOMINGO 29 DE AGOSTO DEL 2021 |
DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-093-2021.-ARTICULO 1.-PRÓRROGA DE LAS MEDIDAS DE RESTRICCIÓN A DERECHOS FUNDAMENTALES. Prorrogar la restricción a nivel nacional de las Garantías Constitucionales establecidas en los Artículos 69, 78, 81 y 84 de la Constitución de la República emitidas mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-091-2021, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha veintidós (22) de agosto del 2021 Edición 35,695. Dicha restricción será efectiva por un plazo de siete (07) días a partir del lunes treinta (30) de agosto hasta el domingo cinco (05) de septiembre del 2021.
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14-09-2021 | 2021 | Agosto | |
Gaceta 35,674 DOMINGO 1 DE AGOSTO DEL 2021 |
DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-084-2021.-ARTICULO 1.-PRÓRROGA DE LAS MEDIDAS DE RESTRICCIÓN A DERECHOS FUNDAMENTALES.-Prorrogar la restricción a nivel nacional de las Garantías Constitucionales establecidas en los Artículos 69, 78, 81 y 84 de la Constitución de la República emitidas mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-079-2021, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha veinticinco (25) de julio del 2021, edición No. 35,667. Dicha restricción será efectiva por un plazo de siete (07) días a partir del lunes dos (02) de agosto hasta el domingo ocho (08) de agosto del 2021.
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14-09-2021 | 2021 | Agosto | |
Gaceta 35,681 DOMINGO 8 DE AGOSTO DEL 2021 |
DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-087-2021.-ARTICULO 1.-PRÓRROGA DE LAS MEDIDAS DE RESTRICCIÓN A DERECHOS FUNDAMENTALES. Prorrogar la restricción a nivel nacional de las Garantías Constitucionales establecidas en los Artículos 69, 78, 81 y 84 de la Cosntitución de la República emitidas mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-084-2021, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha primero (01) de agosto del 2021, edición 35,674. Dicha restricción será efectiva por un plazo de siete (07) días a partir del lunes nueve (09) de agosto hasta el domingo quince (15) de agosto del 2021.
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14-09-2021 | 2021 | Agosto | |
Gaceta 35,686 VIERNES 13 de AGOSTO DEL 2021 |
DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM--080-2021.-ARTICULO 1.-Reformar el Articulo 2 , inciso d)y el Articulo 3 adicionándole los Articulos 3A, 3B, 3C, 3D, 3E, 3F, 3G, del Decreto Ejecutivo Número pcm-084-2020 publicado en Diario Oficial La Gaceta, edición No.35, 357 en fecha 29 de agosto del 2020, el cual se leerá de la manera siguiente .-
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14-09-2021 | 2021 | Agosto | |
Gaceta 35,688 DOMINGO 15 DE AGOSTO DEL 2021 |
DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-089-2021.-ARTíCULO 1.-PRÓRROGA DE LAS MEDIDAS DE RESTRICCIÓN A DERECHOS FUNDAMENTALES. Prorrogar la restricción a nivel nacional de las Garantías Constitucionales establecidas en los Artículos 69, 78, 81 y 84 de la Constitución de la República emitidas mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-087-2021, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha ocho (08) de agosto del 2021, edición No. 35,681. Dicha restricción será efectiva por un plazo de siete (07) días a partir del lunes dieciséis (16) de agosto hasta el domingo veintidós (22) de agosto del 2021.
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14-09-2021 | 2021 | Agosto | |
Gaceta 35,696 LUNES 23 DE AGOSTO DEL 2021 |
DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-088-2021.-ARTICULO 1.-Reformar los Artículos 2, 6 y derogar artículo 4 del Decreto Ejecutivo No. PCM-067-2021 emitido en fecha 20 de junio de 2021 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 21 de junio de 2021, mismos que de ahora en adelante deben leerse de la siguiente manera.-
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14-09-2021 | 2021 | Agosto | |
Decreto Ejecutivo |
Decreto 53-2021, Sobre Amnistía municipal, publicada en fecha 28 de julio 2021, la cual tendrá vigencia de 90 dias a partir de la fecha de publicación.
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13-08-2021 | 2021 | Julio | |
Decreto Ejecutivo |
Prorroga medidas de restricción de Derechos fundamentales a partir del 28 de junio al 11 de julio 2021 PCM 069-2021
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19-08-2021 | 2021 | Julio | |
Decreto Ejecutivo |
Prorroga medidas de restricción de Derechos fundamentales a partir del 12 de julio al 18 de julio 2021 PCM 075-2021
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19-08-2021 | 2021 | Julio | |
Decreto Ejecutivo |
Prorroga medidas de restricción de Derechos fundamentales a partir del 19 de julio al 25 de julio 2021 PCM 076-2021
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19-08-2021 | 2021 | Julio | |
Decreto Ejecutivo |
Prorroga medidas de restricción de Derechos fundamentales a partir del 26 de julio al 01 de agosto 2021 PCM 079-2021
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19-08-2021 | 2021 | Julio | |
Decreto Ejecutivo |
PCM 063-2021 prorroga de las medidas de restricción a los derechos fundamentales del 07 de junio al 20 de junio 2021
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13-07-2021 | 2021 | Junio | |
Decreto Ejecutivo |
PCM 068-2021 Prorroga de medidas de restricción a derechos fundamentales del 21 de junio al 27 de junio 2021
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13-07-2021 | 2021 | Junio | |
Decreto Ejecutivo |
PCM-059-2021, publicado el 23 de mayo 2021, en donde se acuerda Prorroga de las medidas de restricción a derechos fundamentales del 24 de mayo al 06 de junio año 2021
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14-06-2021 | 2021 | Mayo | |
Decreto Ejecutivo |
Decreto Ejecutivo PCM 040-2021, reforma al Decreto Ejecutivo No. PCM 061-2020, publicado en el Diario Oficial LA Gaceta el 12 de Julio 2020, relacionado a Operación Fuerza Honduras.
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15-05-2021 | 2021 | Abril | |
Decreto Ejecutivo |
PCM 042-2021 , Prorroga de las medidas de restricción del 12 de abril 2021 al 18 de abril 2021.
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15-05-2021 | 2021 | Abril | |
Decreto Ejecutivo |
PCM 045-2021 , Prorroga de las medidas de restricción del 19 de abril 2021 al 25 de abril 2021.
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15-05-2021 | 2021 | Abril | |
Decreto Ejecutivo |
PCM 050-2021 , Prorroga de las medidas de restricción del 26 de abril 2021 al 09 de mayo 2021.
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15-05-2021 | 2021 | Abril | |
decreto Ejecutivo PCM 028-2021 |
Prorroga de medidas de restricción de Derechos Fundamentales.
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15-04-2021 | 2021 | Marzo | |
DECRETO 189-2020 |
Decreto donde establece que las sesiones de Cabildo abierto a las que están obligadas las municipalidades (5 cabildos abiertos), se realizarán según la condición de cada municipio, de manera VIRTUAL O PRESENCIAL.
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10-03-2021 | 2021 | Febrero | |
DECRETO 020-2021 |
Decreto sobre prorroga de medidas de restricción de Derechos Fundamentales a partir del 8 al 14 de febrero 2021
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10-03-2021 | 2021 | Febrero | |
DECRETO 021-2021 |
Decreto reforma a artículos del PCM 111-2020 sobre Dirección de prevención y transparencia
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10-03-2021 | 2021 | Febrero | |
DECRETO 022-2021 |
Prorroga de las medidas de restricción de Derechos Fundamentales a partir del 15 al 21 febrero 2021
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10-03-2021 | 2021 | Febrero | |
Decreto 012-2020 |
Prorroga de las medidas de restricción a derechos fundamentales
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13-02-2021 | 2021 | Enero | |
Decreto 144-2020 |
Reforma articulo 192, numeral 7 del Decreto 171-2019 de fecha 19 de diciembre 2019, que contiene el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Reública, para el año fiscal 2020
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14-01-2021 | 2020 | Diciembre | |
PCM 146-2020 |
Prorroga vigencia de Declaratoria de ESTADO DE EMERGENCIA HUMANITARIA Y SANITARIA, hasta 31 diciembre 2021
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14-01-2021 | 2020 | Diciembre | |
PCM 148-2020 |
Feriados correspondientes a las festividades cívicas de 3, 12 y 21 de octubre, trasladados para los dias 24, 30 y 31 de diciembre
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14-01-2021 | 2020 | Diciembre | |
PCM 147-2020 |
Prorroga vigencia de la DECLARATORIA DE ESTADO DE EMERGENCIA a nivel Nacional. por efectos ocasionados por las tormentas tropicales ETA e IOTA, hasta el 31 de diciembre 2021
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14-01-2021 | 2020 | Diciembre | |
Decretos |
PCM -155-2020
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29-12-2020 | 2020 | Noviembre | |
Decreto Ejecutivo |
Decreto Ejecutivo Emitido
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13-12-2020 | 2020 | Noviembre | |
Decreto Ejecutivo |
Decreto Emitido mes Noviembre 2020
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13-12-2020 | 2020 | Noviembre | |
Covid19 COVID19- |
Decreto en Emergencia Nacional COVID-19, en el marco de Operación FUERZA HONDURAS al 20 de noviembre 2020
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23-11-2020 | 2020 | Noviembre | |
Decretos |
PCM-094-2020
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29-12-2020 | 2020 | Septiembre | |
Decretos |
PCM -092-2020
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29-12-2020 | 2020 | Septiembre | |
Decretos |
PCM-090-2020
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29-12-2020 | 2020 | Septiembre | |
Decretos |
PCM 019-2020
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29-12-2020 | 2020 | Marzo | |
Decretos |
PCM- 022-2020
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29-12-2020 | 2020 | Marzo |