Secretaría de Estado en los Despachos de Finanzas (SEFIN)
Atribuciones por unidad administrativa
Fecha de actualizacion: 14/02/25
Actualizado al 12/02/2025
Nombre | Descripción | Subido | Año | Mes | ver |
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Decreto Ejecutivo PCM-05-2025 |
ARTÍCULO 1. Reformar el artículo 60 del “Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo” contenido en el Decreto Ejecutivo PCM-008-97 emitido en fecha dos (2) de junio de mil novecientos noventa y siete (1997) publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 07 de junio de 1997
(Decreto Ejecutivo PCM-05-2025 con fecha de publicación 24 de enero 2025 fecha de emisión 23 de enero 2025 y Edición 36,748)
ARTÍCULO 1.- Asignar a la Unidad de Modernización de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas las funciones
(Decreto Ejecutivo PCM-39-2014 con fecha de publicación 17 de octubre 2014 fecha de emisión 10 de octubre 2014 y Edición 33,558)
ARTÍCULO 1.- Asignar a la Unidad de Modernización de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas las funciones
(Acuerdo Ejecutivo 1633 con fecha de publicación 25 de septiembre 2022 fecha de emisión 16 de agosto 2002)
REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y COMPETENCIAS DEL PODER EJECUTIVO DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-008-97
(Decreto Ejecutivo PCM-008-97)
Con base al cumplimiento al Decreto Legislativo 60-2022 con fecha 2 de julio 2022
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14-02-2025 | 2025 | Enero | |
Acuerdo 791-2021 |
Aprobar la Estructura Organizativa de la Dirección General de Presupuesto
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13-12-2021 | 2021 | Noviembre | |
PCM-145-2020 Unidad Técnica del Concedente del Proyecto “Centro Cívico Gubernamental†(UCCG) |
Unidad Técnica del Concedente del Proyecto “Centro Cívico Gubernamental (UCCG)
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16-01-2021 | 2020 | Diciembre | |
PCM 150-2020 Dirección de Transformación Digital |
Dirección de Transformación Digital
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16-01-2021 | 2020 | Diciembre | |
Atribuciones Dirección General de Fideicomisos |
Atribuciones Dirección General de Fideicomisos
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13-08-2020 | 2020 | Agosto | |
Dirección General de Fideicomisos |
Atribuciones Dirección General de Fideicomisos
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14-08-2020 | 2020 | Julio | |
Reformas varias Dependencias SEFIN |
Reformas a lo contenido en el Decreto Ejecutivo PCM-008-97 de fecha dos (02) de junio de mil novecientos noventa y siete (1997) a varias dependencias SEFIN: Dirección General de Presupuesto, Contaduría General de la República, Tesorería General de la República, Dirección General de Crédito Público, Dirección General de Inversión Pública, Dirección General de Instituciones Descentralizadas, Superintendencia de Sociedades Mercantiles, Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras, Dirección General de Política Macrofiscal y Dirección General de Política Tributaria
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13-08-2020 | 2020 | Julio | |
Unidad Técnica Especializada en Proyectos bajo el modelo de Alianza Publico Privada, en adelante Unidad Técnica en Proyectos APP (UTEP-APP) |
Unidad Técnica Especializada en Proyectos bajo el modelo de Alianza Publico Privada, en adelante Unidad Técnica en Proyectos APP (UTEP-APP)
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14-08-2020 | 2020 | Julio | |
Atribuciones de la Unidad de Planeamiento y Evaluación de Gestión (UPEG) |
Atribuciones de la Unidad de Planeamiento y Evaluación de Gestión (UPEG)
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04-08-2017 | 2017 | Agosto | |
Atribuciones de la Gerencia Administrativa (GA) |
Atribuciones de la Gerencia Administrativa (GA)
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04-08-2017 | 2017 | Julio | |
Atribuciones de la Dirección General de Inversión Pública (DGIP) |
Con antelación a lo que actualmente constituye la Dirección General de Inversiones Públicas (DGIP), existió la Secretaría de Planificación, Coordinación y Presupuesto (SECPLAN), la cual funcionó como organismo coordinador del Sistema de Inversiones del Sector Público (SISPU), hasta finales de 1996. A raíz de la emisión del Decreto Legislativo número 218-96 ( que reforma la Ley General de Administración Pública), en donde se establece que la SEFIN asume las funciones a partir del 1 de enero de 1997 en lo relativo a la programación de inversiones, la cual conceptual y operativamente tiene relación con las funciones del Sistema de Inversiones del Sector Público (SISPU), como marco técnico institucional y legal dentro del cual se busca desarrollar el proceso de inversiones con criterios de eficiencia y asignación racional de recursos.
Por su parte la Ley Orgánica del Presupuesto, según Decreto Legislativo Número 83-04, Titulo III, Capitulo II, de la Organización y Competencia, en su Articulo No.58, le asignó a la DGIP la calidad de Órgano Técnico Coordinador del Programa de Inversión Pública, con las siguientes atribuciones:
1.Dictar las Normas Técnicas y directrices para la formulación de programas y proyectos de inversión pública;
2.Mantener actualizado el Banco Integrado de Proyectos de Inversión Pública (BIP), con la información suministrada por las instituciones del Sector Público;
3. Evaluar los programas y proyectos de inversión pública formulados por las instituciones del Sector Público, previo a su incorporación en el Programa Plurianual de Inversión Pública;
4. Elaborar el Programa Plurianual de Inversión Pública y mantenerlo actualizado;
5. Validar, a requerimiento de la Dirección General de Presupuesto, los programas anuales de inversión pública, contenidos en los planes operativos anuales de las instituciones para fines de su incorporación en le presupuesto del correspondiente ejercicio fiscal;
6. asesorar a las Secretarias de estado y demás Organismos del Sector público, sobre las metodologías y criterios básicos para la definición y formulación de los programas y proyectos de inversión pública;
7. Efectuar el seguimiento de la ejecución física del programa Anual de inversión pública, con la periodicidad que según la característica de los programas y proyectos sea pertinente.
Actualmente se esta trabajando a través de la contratación de dos consultarías en el diseño conceptual e informático del Sistema de Inversión Pública como un módulo del Sistema de administración Financiera Integrada (SIAFI), para brindar información congruente y oportuna para la toma de decisiones en materia de inversión pública
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04-08-2017 | 2017 | Julio | |
Atribuciones de la Dirección General de Instituciones Descentralizadas (DGID) |
La Dirección General de Instituciones Descentralizadas, dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, tendrá las atribuciones siguentes:
1) Velar por el cumplimeinto de las políticas que defina el Gobierno de la República, así como de la implementación de las medidas pertinentes, en concordancia con el marco macroeconómico aprobado;
2) Elaborar y mantener actualizado un Manual de Indicadores de Desempeño que comprenda el universo de instituciones, considerando en su estructura las características propias de cada ente;
3) Analizar la gestión de las instituciones y presentar en forma periódica, a las autoridades superiores, los informes para la toma de decisiones;
4) Emitir opinión sobre normas técnicas, manuales e instructivos, aplicables en materia de gestión a las instituciones;
5) Promover y coordinar la asistencia técnica para la operación del Sistema de Administración Financiera;
6) Supervisar la actividad económica y financiera, evaluando en forma periódica el grado de eficiendia en la gestión institucional.
7) Asistir a las reuniones de los órganos directivos; y,
8 )Las demás que le confiera la presente Ley y su Reglamento y las que establezca el Poder Ejecutivo a través de otras disposiciones legales.
Adicionalmente se puede encontrar Decretos Ejecutivos y Legislativos relativos a la DGID:
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04-08-2017 | 2017 | Julio | |
Atribuciones de la Dirección General de Crédito Público |
Atribuciones de la Dirección General de Crédito Público
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04-08-2017 | 2017 | Julio | |
Atribuciones de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP) |
Atribuciones de la Unidad Administradora de Proyectos (UAP)
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04-08-2017 | 2017 | Julio | |
Decreto Ejecutivo Número PCM-047-2015 Descentralización de la Creación de la Dirección Nacional de Bienes del Estado |
Decreto Ejecutivo Número PCM-047-2015 Descentralización de la Creación de la Dirección Nacional de Bienes del Estado
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04-08-2017 | 2015 | Septiembre | |
Atribuciones de la Dirección Política Macrofiscal (DPMF) |
Atribuciones de la Dirección Política Macrofiscal (DPMF)
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04-08-2017 | 2015 | Junio | |
Atribuciones de la Dirección General De Política Tributaria |
Atribuciones de la Dirección General De Política Tributaria
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04-08-2017 | 2015 | Junio | |
Atribuciones de la Unidad de Contingencias Fiscales |
Atribuciones de la Unidad de Contingencias Fiscales
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04-08-2017 | 2014 | Diciembre | |
Atribuciones de la Unidad de Modernización |
Atribuciones de la Unidad de Modernización
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04-08-2017 | 2014 | Octubre | |
Atribuciones de la Tesorería General de la República (TGR) |
Atribuciones de la Tesorería General de la República (TGR)
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04-08-2017 | 2011 | Abril | |
Atribuciones de la Dirección General de Presupuesto (DGP) |
Atribuciones de la Dirección General de Presupuesto (DGP)
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04-08-2017 | 2011 | Abril | |
Atribuciones Super Intendencia de Sociedades Mercantiles |
Atribuciones Super Intendencia de Sociedades Mercantiles
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04-08-2017 | 2011 | Abril | |
Atribuciones de la Unidad de Comunicación Institucional |
Atribuciones de la Unidad de Comunicación Institucional PCM-008-97
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10-11-2017 | 2008 | Ninguno | |
Atribuciones de la Dirección General de Franquicias Aduaneras (DGFA) |
Atribuciones de la Dirección General de Franquicias Aduaneras (DGFA) Gaceta 32,489 9/04/2011
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10-11-2017 | 2008 | Ninguno | |
Atribuciones de la Unidad de Genero |
Atribuciones de la Unidad de Genero
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12-12-2017 | 2008 | Ninguno | |
Atribuciones de la Secretaría General |
La Secretaría General surgió originalmente como Oficialía Mayor con el Artículo 38 la Ley General de Administración Pública, misma que fue reformada con el Decreto Legislativo No. 218-96, el cual en su Artículo 124-B párrafo tercer establece: “Las funciones de los Oficiales Mayores serán asumidas por los Secretarios Generales de cada Secretaría de Estado
Asimismo se establecieron las atribuciones de la misma en El Reglamento de Organización Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo de la siguiente manera:
Artículo 27.- Las Secretaría Generales son los Órganos de Comunicación de las Secretarías de Estado; sus titulares tienen funciones de fedatario, correspondiéndoles las siguientes Atribuciones:
1. Asistir a la Señora Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas y a los Subsecretarios de Estado.
2. Recibir las solicitudes y peticiones que se presenten al Despacho y llevar el Registro correspondiente para el control y custodia de los expedientes.
3. Velar porque los asuntos en trámite se despachen dentro de los plazos establecidos.
4. Llevar el registro de los Decretos y Acuerdos que se dicten sobre los asuntos del Ramo. Gaceta 7/06/1997
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10-11-2017 | 2008 | Ninguno |