Alcaldía Municipal de San Nicolás

Funciones

Fecha de actualizacion: 13/03/20

Actualizado el 11/12/2024


Atribuciones Municipales:

Artí­culo 13 de la Ley de Municipalidades: (Según reforma por Decreto 48-91 en los numerales 1, 2, 4, 6, 8, 11, 13, 16, 17 y 18).

Las municipalidades tienen las atribuciones siguientes:

1. Elaboración y ejecución de planes de desarrollo del municipio.

2. Control y regulación del desarrollo urbano, uso y administración de las tierras municipales, ensanchamiento del perí­metro de las ciudades y el mejoramiento de las poblaciones de conformidad con lo prescrito en la Ley.

3. Ornato, aseo e higiene municipal.

4. Construcción de redes de distribución de agua potable, alcantarillado para aguas negras y alcantarillado pluvial, así­ como su mantenimiento y administración.

6. Construcción y administración de cementerios, mercados, rastros y procesadoras de carnes, municipales.

7. Protección de la ecologí­a del medio ambiente y promoción de la reforestación.

8. Mantenimiento, limpieza y control sobre las ví­as públicas urbanas, aceras, parques y playas que incluyen su ordenamiento, ocupación, señalamiento vial urbano, terminales de transporte urbano e interurbano. El acceso a estos lugares es libre, quedando, en consecuencia, prohibido cualquier cobro, excepto cuando se trate de recuperación de la inversión mediante el sistema de contribución por mejoras legalmente establecido.

9. Fomento y regulación de la actividad comercial, industrial, de servicios y otros.

10. Control y regulación de espectáculos y de establecimientos de diversión pública, incluyendo restaurantes, bares, clubes nocturnos, expendios de aguardiente y similares.

11. Suscripción de convenios con el Gobierno Central y con otras entidades descentralizadas con las cuales concurra en la explotación de los recursos, en los que figuren las áreas de explotación, sistemas de reforestación protección del medio ambiente y pagos que les correspondan; las entidades con las que las Municipalidades acuerden los convenios mencionados, otorgarán permisos o contratos, observando lo prescrito en los convenios.

12. Promoción del turismo, la cultura, la recreación, la educación y el deporte.

13. Creación y mantenimiento de cuerpos de bomberos.

15. Celebración de contratos de construcción, mantenimiento o administración de los servicios públicos u obras locales con otras entidades públicas o privadas, según su conveniencia, de conformidad con la ley. Cuando las Municipalidades otorguen el contrato para la construcción de obras o prestación de servicios municipales o empresas particulares con recursos de éstas, podrán autorizarlas a recuperar sus costos y obtener una utilidad razonable, por medio del sistema de cobro más apropiado, sin perjuicio de los derechos que corresponden a la municipalidad

18. Coordinación de sus programas de desarrollo con los planes de desarrollo nacionales.

Nombre Descripción Subido Año Mes ver
Antecedentes históricos del municipio Antecedentes históricos del municipio de San Nicolás S.B. (corregido) 13-03-2020 2020 Ninguno
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Ley de Municipalidades y su Reglamento Ley de Municipalidades y su Reglamento (publicación de La Gaceta) 14-03-2019 2019 Ninguno
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Servicios prestados Servicios prestados en la Unidad de Medio Ambiente 14-03-2019 2019 Enero
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Ley de Municipalidades y su Reglamento Ley de Municipalidades y su Reglamento 13-02-2019 2019 Enero
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