Alcaldía Municipal de Santa María

Funciones

Fecha de actualizacion: 09/11/18
Nombre Descripción Subido Año Mes ver
Constancia de la AMHON de la creacion del municipio Se detalla Constancia de la AMHON de la creación del municipio de Santa Marí­a, por no poseer gaceta con los antecedentes históricos de fecha de creación de nuestro municipio.
04-07-2018 2018 Ninguno
Ley de Municipalidades Se detalla ley de Municipalidades formato gaceta
09-11-2018 2018 Ninguno
Funciones de la Municipalidad Funciones de la Municipalidad ARTíCULO 13 Funciones de la Municipalidad Funciones de la Municipalidad ARTíCULO 13.- (Según reforma por Decreto 48-91 en los numerales 1, 2, 4, 6, 8, 11, 13, 16, 17 y 18) Las municipalidades tienen las atribuciones siguientes: 1) Elaboración y ejecución de planes de desarrollo del municipio; 2) Control y regulación del desarrollo urbano,uso y administración de las tierras municipales, ensanchamiento del perí­metro de las ciudades y el mejoramiento de las poblaciones de conformidad con lo prescrito en la Ley; 3) Ornato, aseo e higiene municipal; 4) Construcción de redes de distribución de agua potable, alcantarillado para aguas negras y alcantarillado pluvial, así­ como su mantenimiento y administración; 5) Construcción y mantenimiento de ví­as públicas por sí­ o en colaboración con otras entidades. 6) Construcción y administración de cementerios, mercados, rastros y procesadoras de carne, municipales; 7) Protección de la ecologí­a, del medio ambiente y promoción de la reforestación; 8) Mantenimiento, limpieza y control sobre las ví­as públicas urbanas, aceras, parques y playas que incluyen su ordenamiento, ocupación, señalamiento vial urbano, terminales de transporte urbano e interurbano. El acceso a estos lugares es libre, quedando, en consecuencia, prohibido cualquier cobro, excepto cuando se trate de recuperación de la inversión mediante el sistema de contribución por mejoras legalmente establecido; 9) Fomento y regulación de la actividad comercial, industrial, de servicios y otros; 10) Control y regulación de espectáculos y de establecimientos de diversión pública, incluyendo restaurantes, bares, clubes nocturnos, expendios de aguardiente y similares; 11) Suscripción de convenios con el Gobierno Central y con otras entidades descentralizadas con las cuales concurra en la explotación de los recursos, en los que figuren las áreas de explotación, sistemas de reforestación, protección del medio ambiente y pagos que les correspondan; Las entidades con las que las Municipalidades acuerden los convenios mencionados, otorgarán permisos o contratos, observando lo prescrito en los convenios; 12) Promoción del turismo, la cultura, la recreación, la educación y el deporte; 13) Creación y mantenimiento de cuerpos de bomberos; 14) Prestación de los servicios públicos locales, y mediante convenio, los servicios prestados por el Estado o instituciones autónomas, cuando convenga a la municipalidad; 15) Celebración de contratos de construcción, mantenimiento o administración de los servicios públicos u obras locales con otras entidades públicas o privadas, según su conveniencia, de conformidad a la ley; Cuando las Municipalidades otorguen el contrato para la construcción de obras o prestación de servicios municipales a empresas particulares con recursos de éstas, podrán autorizarlas a recuperar sus costos y obtener una utilidad razonable, por medio del sistema de cobro más apropiado. Sin perjuicio de los derechos que correspondan a la municipalidad; 16) Coordinación e implanta
09-10-2018 2018 Septiembre
Datos Historicos del municipio se detallan los datos históricos del municipio
04-04-2018 2017 Ninguno