Alcaldía Municipal de La Libertad
Funciones
Reseña Histórica del Municipio
Es un municipio del departamento de Francisco Morazán, en la república de Honduras.
Era una aldea de Alubarén. Se le dio categoría de municipio en marzo de 1864, y en la división política territorial de 1889 era uno de los municipios del distrito de Reitoca.
El municipio de la Libertad, Francisco Morazán colinda al norte con el municipio de San Miguelito, al sur con el municipio de San Francisco de Coray, al este con el municipio de San José y al oeste con el municipio de Curarén.
Está situado en la margen derecha de un riachuelo que nace en el cerro de La El municipio limita al norte con el municipio de San Miguelito, al sur con el municipio de San Francisco de Coray, al este con el municipio de San José y al oeste con el municipio de Curarén.
Está situado en la margen derecha de un arroyo que se eleva sobre el cerro de La Laguna."
ORIGEN DE SU NOMBRE: Según cuentan el nombre proviene de unas familias que allí estaban reunidas en fiesta y uno gritó: que viva La Libertad, otro dijo: que así se llame el pueblo.
de La Laguna.
EXTENSIÓN TERRITORIAL: 42.18 km2
POBLACION: La Libertad cuenta con 3,080 habitantes de los cuales 1,551 son hombres, un 50.36% y 1,529 mujeres un 49.64%. El 100% de la población es rural.
AGRICULTURA: granos básicos, caña de azúcar, hortalizas y café.
Clima: lluvioso con invierno muy seco.
PRINCIPAL ACTIVIDAD ECONÓMICA: Vacuno, caprino, porcino y avicultura.
INFRAESTRUCTURA: Salud: 2 CESAR.
Educación: 10 centros de educación básica, 5 centros de educación prebásica y 1 centro de educación media.
TRANSPORTE: buses que salen de la terminal en Tegucigalpa y Nacaome.
Moderno edificio de la alcaldía de La Libertad, Francisco Morazán.
Nombre | Descripción | Subido | Año | Mes | ver |
---|---|---|---|---|---|
Funciones | Funciones de la Municipalidad Artículo 13 de la Ley de Municipalidades: (reformado por decreto no.48-91, gaceta no. 26445 de 23/mayo/1991). En el ejercicio de las atribuciones que les confiere la constitución de la república y los propósitos y alcances de esta ley, a las municipalidades les corresponde el gobierno y dirección del municipio y, en particular, lo referente a: 1. Elaboración y ejecución de planes de desarrollo del municipio; 2. Control y regulación del desarrollo urbano, uso y administración de las tierras municipales, ensanchamiento del perímetro de las ciudades y el mejoramiento de las poblaciones de conformidad con lo prescrito en la Ley; 3. Ornato, aseo e higiene municipal; 4. Construcción de redes de distribución de agua potable, alcantarillado para aguas negras y alcantarillado pluvial, así como su mantenimiento y administración; 6. Construcción y administración de cementerios, mercados, rastros y procesadoras de carnes, municipales; 7. Protección de la ecología del medio ambiente y promoción de la reforestación; 8. Mantenimiento, limpieza y control sobre las vías públicas urbanas, aceras, parques y playas que incluyen su ordenamiento, ocupación, señalamiento vial urbano, terminales de transporte urbano e interurbano. El acceso a estos lugares es libre, quedando, en consecuencia, prohibido cualquier cobro, excepto cuando se trate de recuperación de la inversión mediante el sistema de contribución por mejoras legalmente establecido 9. Fomento y regulación de la actividad comercial, industrial, de servicios y otros 10. Control y regulación de espectáculos y de establecimientos de diversión pública, incluyendo restaurantes, bares, clubes nocturnos, expendios de aguardiente y similares.11. Suscripción de convenios con el Gobierno Central y con otras entidades descentralizadas con las cuales concurra en la explotación de los recursos, en los que figuren las áreas de explotación, sistemas de reforestación protección del medio ambiente y pagos que les correspondan;. Las entidades con las que las Municipalidades acuerden los convenios mencionados, otorgarán permisos o contratos, observando lo prescrito en los convenios. 11. Suscripción de convenios con el Gobierno Central y con otras entidades descentralizadas con las cuales concurra en la explotación de los recursos, en los que figuren las áreas de explotación, sistemas de reforestación, protección del medio ambiente y pagos que les correspondan. Las entidades con las que las Municipalidades acuerden los convenios mencionados, otorgaran permisos o contratos, observando lo prescrito en los convenios. 12. Promoción del turismo, la cultura, la recreación, la educación y el deporte. 13. Creación y mantenimiento de cuerpos de bomberos. 15. Celebración de contratos de construcción, mantenimiento o administración de los servicios públicos u obras locales con otras entidades públicas o privadas, según su conveniencia, de conformidad con la ley. Cuando las Municipalidades otorguen el contrat | 27-10-2023 | 2023 | Ninguno | |
LEY DE DE MUNICIPALIDADES Y SUS REFORMAS | LEY DE DE MUNICIPALIDADES Y SUS REFORMAS | 15-03-2023 | 2023 | Enero | |
FUNCIONES | FUCIONES DE LOS ORGANOOS SUPERIORES Y ACTIVIDADES DIARIAS Y PERIODICASDE CADA PUESTO DE LA MUNICIPALIDAD | 15-03-2023 | 2023 | Enero | |
Funciones | Funciones de La Municipalidad | 18-04-2020 | 2020 | Abril | |
FUNCIONES | FUNCIONES DE LOS ÓRGANOS SUPERIORES Y ACTIVIDADES DIARIAS Y PERIÓDICAS DE CADA PUESTO DE LA MUNICIPALIDAD. | 18-04-2020 | 2020 | Abril |