Alcaldía Municipal de Opatoro
Funciones
PORTAL DE TRANSPARENCIA ACTUALIZADO AL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO 2024
Artículo 13 de la Ley de Municipalidades: (reformado por decreto no.48-91, gaceta no. 26445 de 23/mayo/1991).
En el ejercicio de las atribuciones que les confiere la constitución de la república y los propósitos y alcances de esta ley, a las municipalidades les corresponde el gobierno y dirección del municipio y, en particular, lo referente a:
1. Elaboración y ejecución de planes de desarrollo del municipio;
2. Control y regulación del desarrollo urbano, uso y administración de las tierras municipales, ensanchamiento del perímetro de las ciudades y el mejoramiento de las poblaciones de conformidad con lo prescrito en la Ley;
3. Ornato, aseo e higiene municipal;
4. Construcción de redes de distribución de agua potable, alcantarillado para aguas negras y alcantarillado pluvial, así como su mantenimiento y administración;
6. Construcción y administración de cementerios, mercados, rastros y procesadoras de carnes, municipales;
7. Protección de la ecología del medio ambiente y promoción de la reforestación;
8. Mantenimiento, limpieza y control sobre las vías públicas urbanas, aceras, parques y playas que incluyen su ordenamiento, ocupación, señalamiento vial urbano, terminales de transporte urbano e interurbano. El acceso a estos lugares es libre, quedando, en consecuencia, prohibido cualquier cobro, excepto cuando se trate de recuperación de la inversión mediante el sistema de contribución por mejoras legalmente establecido9. Fomento y regulación de la actividad comercial, industrial, de servicios y otros10. Control y regulación de espectáculos y de establecimientos de diversión pública, incluyendo restaurantes, bares, clubes nocturnos, expendios de aguardiente y similares.11. Suscripción de convenios con el Gobierno Central y con otras entidades descentralizadas con las cuales concurra en la explotación de los recursos, en los que figuren las areas de explotación, sistemas de reforestación protección del medio ambiente y pagos que les correspondan;. Las entidades con las que las Municipalidades acuerden los convenios mencionados, otorgarán permisos o contratos, observando lo prescrito en los convenios.
11. Suscripción de convenios con el Gobierno Central y con otras entidades descentralizadas con las cuales concurra en la explotación de los recursos, en los que figuren las áreas de explotación, sistemas de reforestación, protección del medio ambiente y pagos que les correspondan.
Las entidades con las que las Municipalidades acuerden los convenios mencionados, otorgaran permisos o contratos, observando lo prescrito en los convenios.
12. Promoción del turismo, la cultura, la recreación, la educación y el deporte.
13. Creación y mantenimiento de cuerpos de bomberos.15. Celebración de contratos de construcción, mantenimiento o administración de los servicios públicos u obras locales con otras entidades públicas o privadas, según su conveniencia, de conformidad con la ley. Cuando las Municipalidades otorguen el contrato para la construcción de obras o prestación de servicios municipales o empresas particulares con recursos de éstas, podrán autorizarlas a recuperar sus costos y obtener una utilidad razonable, por medio del sistema de cobro más apropiado, sin perjuicio de los derechos que corresponden a la municipalidad
18. Coordinación de sus programas de desarrollo con los planes de desarrollo nacionales.
Nombre | Descripción | Subido | Año | Mes | ver |
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Historio | Historio de la Municipaldad | 13-10-2017 | 2017 | Septiembre | |
Ley de Municipalidades | Aquí se muestras la Ley de Municipalidades y su reglameno | 17-08-2017 | 2017 | Julio | |
Funciones de Secretaria. | Aquí se muestran las funciones de Secretaria del mes de Junio del 2017. | 10-07-2017 | 2017 | Junio | |
Funciones de Secretaria | Aqui se muestran las Funciones de Secretaria del mes de mayo de 2017 | 09-06-2017 | 2017 | Mayo | |
Funciones de la Municipalidad | Funciones de la Municipalidad ARTíCULO 13.- (Según reforma por Decreto 48-91 en los numerales 1, 2, 4, 6, 8, 11, 13, 16, 17 y 18) Las municipalidades tienen las atribuciones siguientes: 1) Elaboración y ejecución de planes de desarrollo del municipio; 2) Control y regulación del desarrollo urbano,uso y administración de las tierras municipales, ensanchamiento del perímetro de las ciudades y el mejoramiento de las poblaciones de conformidad con lo prescrito en la Ley; 3) Ornato, aseo e higiene municipal; 4) Construcción de redes de distribución de agua potable, alcantarillado para aguas negras y alcantarillado pluvial, así como su mantenimiento y administración; 5) Construcción y mantenimiento de vías públicas por sí o en colaboración con otras entidades. 6) Construcción y administración de cementerios, mercados, rastros y procesadoras de carne, municipales; 7) Protección de la ecología, del medio ambiente y promoción de la reforestación; 8) Mantenimiento, limpieza y control sobre las vías públicas urbanas, aceras, parques y playas que incluyen su ordenamiento, ocupación, señalamiento vial urbano, terminales de transporte urbano e interurbano. El acceso a estos lugares es libre, quedando, en consecuencia, prohibido cualquier cobro, excepto cuando se trate de recuperación de la inversión mediante el sistema de contribución por mejoras legalmente establecido; 9) Fomento y regulación de la actividad comercial, industrial, de servicios y otros; 10) Control y regulación de espectáculos y de establecimientos de diversión pública, incluyendo restaurantes, bares, clubes nocturnos, expendios de aguardiente y similares; 11) Suscripción de convenios con el Gobierno Central y con otras entidades descentralizadas con las cuales concurra en la explotación de los recursos, en los que figuren las áreas de explotación, sistemas de reforestación, protección del medio ambiente y pagos que les correspondan; Las entidades con las que las Municipalidades acuerden los convenios mencionados, otorgarán permisos o contratos, observando lo prescrito en los convenios; 12) Promoción del turismo, la cultura, la recreación, la educación y el deporte; 13) Creación y mantenimiento de cuerpos de bomberos; 14) Prestación de los servicios públicos locales, y mediante convenio, los servicios prestados por el Estado o instituciones autónomas, cuando convenga a la municipalidad; 15) Celebración de contratos de construcción, mantenimiento o administración de los servicios públicos u obras locales con otras entidades públicas o privadas, según su conveniencia, de conformidad a la ley; Cuando las Municipalidades otorguen el contrato para la construcción de obras o prestación de servicios municipales a empresas particulares con recursos de éstas, podrán autorizarlas a recuperar sus costos y obtener una utilidad razonable, por medio del sistema de cobro más apropiado. Sin perjuicio de los derechos que correspondan a la municipalidad; 16) Coordinación e implantación de las medidas. | 10-05-2017 | 2017 | Abril | |
Funsiones del Tesorero Municipal | Aui se detallan las funciones del Tesorero Municipal | 06-07-2016 | 2016 | Junio | |
Funsiones de la Jefa de Administración Tributaria | Aqui se detallas las diferentes Funciones de realiza la Jefa de la Oficina de Administración Tributaria | 06-07-2016 | 2016 | Junio | |
Atribuciones Formato Gaceta | Copia digital en formato Gaceta del articulo 13 de la Ley de Municipalidades donde se detallan las atribuciones municipales. | 14-07-2016 | 2016 | Junio | |
Atribuciones Formato Gaceta | Copia digital en formato Gaceta del articulo 13 de la Ley de Municipalidades donde se detallan las atribuciones municipales. Enero 2016 | 12-07-2016 | 2016 | Junio | |
Funsiones del Jefe de Catastro | Aqui se detallas las Funciones de le corresponden al Jefe de Catastro | 06-07-2016 | 2016 | Junio |