Alcaldía Municipal de Wampusirpi
Decreto Ejecutivo
Fecha de actualizacion: 03/11/25
Actualizado el 01 de noviembre del 2025
| Nombre | Descripción | Subido | Año | Mes | ver |
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| Decreto Ejecutivo | DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-41-2024.-ARTÍCULO 1.- Con el objeto de garantizar el respeto a la vida de las personas privadas de libertad, su integridad física y psíquica, sus derechos humanos y la posibilidad de su reinserción a la sociedad, se ratifica el ESTADO DE MERGENCIA EN EL SISTEMA PENITENCIARIO NACIONAL, manteniendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025. | 2025-11-03 | 2025 | Diciembre | |
| Decreto Ejecutivo | DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 28-2025.- ARTÍCULO 1. En virtud de que las acciones ejecutadas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional y la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas de Honduras y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en el marco de los Decretos Ejecutivos de suspensión de garantías constitucionales, han tenido resultados positivos frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país, ocasionada esencialmente por grupos criminales organizados que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama el pueblo como alarmante calamidad pública, DECRETA por un periodo de cuarenta y cinco (45) días la suspensión de garantías constitucionales establecidas en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República, a partir de las 6:00 p.m. del lunes 29 de septiembre de 2025 hasta las 6:00 p.m. del miércoles 12 de noviembre de 2025. | 2025-11-03 | 2025 | Septiembre | |
| Decreto Ejecutivo | DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 25- ARTÍCULO 1. PRORROGAR hasta el 31 de diciembre de 2025 la Declaratoria de ESTADO DE EMERGENCIA MIGRATORIA a nivel nacional, declarada mediante el Decreto Ejecutivo No. PCM 08-2025. Disposición que se implementa en el marco de la crisis migratoria internacional y el endurecimiento de las Políticas Migratorias de los Estados Unidos, con la finalidad de asegurar la protección, retorno y la garantía de los derechos de los hondureños y hondureñas migrantes y de esta manera garantizar el respeto a la dignidad humana, el cual se encuentra consagrado en la Constitución de la República. | 2025-11-03 | 2025 | Agosto | |
| Decreto Ejecutivo | DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 24-2025.- ARTÍCULO 1. En virtud de que las acciones ejecutadas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional y la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas de Honduras y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en el marco de los Decretos Ejecutivos de suspensión de garantías constitucionales, han tenido resultados positivos frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país, ocasionada esencialmente por grupos criminales organizados que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama el pueblo como alarmante calamidad pública, DECRETA por un periodo de cuarenta y cinco (45) días la suspensión de garantías constitucionales establecidas en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República, a partir de las 6:00 p.m. del sábado 16 de agosto de 2025, hasta las 6:00 p.m. del lunes 29 de septiembre de 2025. En consecuencia, la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional y con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), respetando el Principio de Necesidad y Proporcionalidad, quedan facultadas para detener a las personas que determine y considere responsables de asociarse, ejecutar, o tener vinculaciones en la comisión de delitos y crímenes contemplados en este Decreto, en todos los sectores de los Municipios del Distrito Central y San Pedro Sula, así como en otros Municipios identificados por la Policía Nacional en el listado que se adjunta a este Decreto (anexo único). | 2025-11-03 | 2025 | Agosto | |
| Decreto Ejecutivo | DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 22-2025.- ARTÍCULO 1. En virtud de que las acciones ejecutadas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional y la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas de Honduras y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en el marco de los Decretos Ejecutivos de suspensión de garantías constitucionales, han tenido resultados positivos frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país, ocasionada esencialmente por grupos criminales organizados que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama el pueblo como alarmante calamidad pública, DECRETA por un periodo de cuarenta y cinco (45) días la suspensión de garantías constitucionales establecidas en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República, a partir de las 6:00 p.m. del jueves 03 de julio de 2025, hasta las 6:00 p.m. del sábado 16 de agosto de 2025.En consecuencia, la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional y con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), respetando el Principio de Necesidad y Proporcionalidad, quedan facultadas para detener a las personas que determine y considere responsables de asociarse, ejecutar, o tener vinculaciones en la comisión de delitos y crímenes contemplados en este Decreto, en todos los sectores de los Municipios del Distrito Central y San Pedro Sula, así como en otros Municipios identificados por la Policía Nacional en el listado que se adjunta a este Decreto (anexo único). | 2025-11-03 | 2025 | Julio | |
| Decreto Ejecutivo | DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 20-2025.- ARTÍCULO 1. En virtud de la situación de calamidad, por afectación de agentes de otro orden, así como por aquellos de orden sanitario y la solicitud presentada por la Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (COPECO), SE DECLARA ESTADO DE EMERGENCIA EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL por un periodo de seis (6) meses a partir de la fecha de publicación del presente Decreto con el objeto de preservar la vida e integridad corporal de las personas que se movilizan por medio de motocicletas, triciclos u otros medios motorizados de dos (2) o tres (3) ruedas. | 2025-11-03 | 2025 | Junio | |
| Decreto Ejecutivo | DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 18-2025.- ARTÍCULO 1. En virtud de que las acciones ejecutadas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional y la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas de Honduras y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en el marco de los Decretos Ejecutivos de Suspensión de Garantías Constitucionales, han tenido resultados positivos frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país, ocasionada esencialmente por grupos criminales organizados que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama el pueblo como alarmante calamidad pública, DECRETA por un periodo de cuarenta y cinco (45) días la Suspensión de Garantías Constitucionales establecidas en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República, a partir de las 6:00 p.m. del lunes 19 de mayo de 2025, hasta las 6:00 p.m. del jueves 03 de julio de 2025.En consecuencia, la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional y con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), respetando el Principio de Necesidad y Proporcionalidad, quedan facultadas para detener a las personas que determine y considere responsables de asociarse, ejecutar, o tener vinculaciones en la comisión de delitos y crímenes contemplados en este Decreto, en todos los sectores de los municipios del Distrito Central y San Pedro Sula, así como en otros municipios identificados por la Policía Nacional en el listado que se adjunta a este Decreto (anexo único). | 2025-11-03 | 2025 | Mayo | |
| Decreto Ejecutivo | DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 16-2025.- ARTÍCULO 1. En virtud de que las acciones ejecutadas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional y la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas de Honduras y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en el marco de los Decretos Ejecutivos de suspensión de garantías constitucionales, han tenido resultados positivos frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país, ocasionada esencialmente por grupos criminales organizados que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama el pueblo como alarmante calamidad pública, SE DECRETApor un periodo de cuarenta y cinco (45) días la suspensión de garantías constitucionales establecidas en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República, a partir de las 6:00 p.m. del sábado 05 de abril de 2025, hasta las 6:00 p.m. del lunes 19 de mayo de 2025 En consecuencia, la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a través de la Policía Nacional y con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), respetando el Principio de Necesidad y Proporcionalidad, quedan facultadas para detener a las personas que determine y considere responsables de asociarse, ejecutar, o tener vinculaciones en la comisión de delitos y crímenes contemplados en este Decreto, en todos los sectores de los Municipios del Distrito Central y San Pedro Sula, así como en otros Municipios identificados por la Policía Nacional en el listado que se adjunta a este Decreto (anexo único). | 2025-11-03 | 2025 | Abril | |
| Decreto Ejecutivo | DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 12-2025.- ARTÍCULO 1. Reformar el artículo 1 del Decreto Ejecutivo Número PCM 40-2024 para que se lea de la siguiente forma: “Se autoriza e instruye al Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI), para que proceda a otorgar de inmediato y de acuerdo a su Ley Constitutiva, un alivio financiero (auxilio) a favor de aproximadamente 15,167 familias afectadas en sus préstamos de vivienda por el incremento de las tasas de interés en el sistema bancario, desde 0.5 hasta 8.7 puntos porcentuales (pp) reportados hasta finales del mes de octubre del año 2024. El alivio debe aplicarse de forma retroactiva y estratificada a partir del mes de enero de 2023.Se instruye y autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) a gestionar, reorientar y asignar los recursos presupuestarios y financieros que se identifiquen en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República del Ejercicio Fiscal 2025, para incorporarlos al BANHPROVI y proceda de inmediato a otorgar el alivio financiero (auxilio) antes descrito. Para el financiamiento se podrá realizar traslados de las asignaciones presupuestarias de gasto de capital a gasto corriente, así como, la gestión de recursos externos de crédito y de apoyo, debiendo realizar las operaciones presupuestarias y financieras necesarias para que el BANHPROVI proceda a la ejecución de los fondos bajo su responsabilidad y de conformidad con las leyes vigentes aplicables. De existir remanentes de los fondos transferidos por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas de la aplicación del presente Decreto, deberán ser reintegrados de inmediato a la Tesorería General de la República, por el BANHPROVI”. | 2025-11-03 | 2025 | Marzo | |
| Decreto Ejecutivo | DECRETO EJECUTIVO NUMERO PCM 10 2025. ARTÍCULO 1. En virtud de que las acciones ejecutadas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional y la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), con la cooperación de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en el marco de los Decretos Ejecutivos de suspensión de garantías constitucionales, han tenido resultados positivos frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país, ocasionada esencialmente por grupos criminales organizados que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama el pueblo como alarmante calamidad pública, SE DECRETA por un periodo de cuarenta y cinco (45) días la suspensión de garantías constitucionales establecidas en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República, a partir de las 6:00 p.m. del miércoles 19 de febrero de 2025, hasta las 6:00 p.m. del sábado 05 de abril de 2025. | 2025-11-03 | 2025 | Febrero | |
| Decreto Ejecutivo | DECRETO EJECUTIVO PCM 08 2025. DECRETA. ESTRATEGIA NACIONAL DE EMERGENCIA PARA PROTECCION A MIGRANTES HONDURENOS. ARTICULO 1. En virtud de la actual crisis migratoria internacional producida por el endurecimiento de las políticas migratorias y la implementación de deportaciones masivas de parte del gobierno de los Estados Unidos de América SE DECLARA EMERGENCIA MIGRATORIA a nivel nacional, con el objetivo de mejorar la protección y la garantía de los derechos de las hondureñas y hondureños y hondureños migrantes, así como mitigar el impacto negativo a nivel económico, político y social de la crisis migratoria en nuestro país. La declaratoria de emergencia tendrá una vigencia de seis (6) meses, pudiendo ser prorrogable. | 2025-11-03 | 2025 | Febrero | |
| Decreto Ejecutivo | DECRETO EJECUTIVO PCM 07 2025. ARTICULO 1. Dar por finalizada de forma inmediata la declaratoria de ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA POR DENGUE, aprobada mediante Decreto Ejecutivo numero PCM 16 2024, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 01 de junio del 2024, en su edición 36,549, en virtud de que las acciones del Gobierno para la prevención, control y vigilancia epidemiológica del vector transmisor del virus del dengue (mosquito Aedes Aegypti), han garantizado una reducción acelerada y efectiva del numero de casos de dicho virus en todo el territorio nacional. | 2025-11-03 | 2025 | Enero | |
| Decreto Ejecutivo | DECRETO EJECUTIVO NUMERO PCM 05 2025. Reformar el articulo 60 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo contenido en el Decreto Ejecutivo PCM 008 97 emitido en fecha dos (2) de junio de mil novecientos noventa y siete (1997) publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 07 de junio de 1997 y sus reformas el cual deberá leerse de la siguiente forma ARTICULO 60.Las funciones de las Direcciones Generales y demás órganos especializados de esta Secretaria de Estado. | 2025-11-03 | 2025 | Enero | |
| Decreto Ejecutivo | DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-03-2025.- En virtud de que las acciones ejecutadas por la Secretaria de Estado en el Despacho de Seguridad a través de la Policía Nacional y la Dirección Nacional de Investigación e Inteligencia (DNII), con la cooperación de la Secretaria de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, a través de las Fuerzas Armadas y de la Policía Militar del Orden Público (PMOP), en el marco de los Decretos Ejecutivos de suspensión de garantías constitucionales, han tenido resultados positivos frente a la grave perturbación de la paz y la seguridad que se sufre en las principales ciudades del país, ocasionada esencialmente por grupos criminales organizados que operan como mafias poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, incurriendo y consumando delitos de extorsión, asesinatos, robos, tráfico de drogas y secuestros, que reclama el el pueblo como alarmante calamidad pública SE DECRETA por un periodo de cuarenta y cinco (45) días la suspensión de las garantías constitucionales establecidas en los artículos 69, 78, 81, 84, 93 y 99 de la Constitución de la República. | 2025-11-03 | 2025 | Enero | |
| Decreto Ejecutivo | DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-02-2025.-ARTÍCULO 1.- Como medida extraordinaria en materia económica por razones de interés público y social, para proteger la economía de las familias de los sectores económicamente más vulnerables del pías, se otorgará un subsidio al pago de la energía eléctrica para los abonados que registren consumos iguales o inferiores a 150 kWh al mes, para lo cual se autoriza e instruye a la Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), para que realice las operaciones presupuestarias, financieras y contables necesarias durante el ejercicio fiscal 2025, que permitan disponer del subsidio del pago del sesenta por ciento 60% para la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), a favor de alrededor de UN MILLÓN (1,000,000.00]) de clientes con consumos iguales o inferiores a 150 kWh, los cuales pueden variar mes a mes, según su tasa de consumo. Los montos mensuales deberán ser trasladados a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) en un periodo no mayor a cuarenta y cinco (45) días, una vez recibida la notificación por parte de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), con la información revisada, depurada y certificada de la base de clientes subsidiados. | 2025-11-03 | 2025 | Enero | |
| Decreto Ejecutivo | DECRETO EJECUTIVO NUMERO PCM'39'2024.'ARTICULO 1.' Prorrogar la declaratoria de ESTADO DE EMERGENCIA así como la vigencia del Decreto Ejecutivo numero PCM'35'2024 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 15 de noviembre de 2024 en su edición numero 36,690, por un periodo adicional de TREINTA 30 días en las zonas del territorio nacional calificadas por COPECO y afectadas por la Tormenta Tropical SARA, con el objeto de garantizar la finalización de la atención de los danos en infraestructura y servicios esenciales. | 2025-11-03 | 2024 | Diciembre | |
| Decreto Ejecutivo |
DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-34-2024.-ARTÍCULO 1.-Con el objeto de proteger la producción agrícola y pecuaria del país, así como la seguridad agroalimentaria de la población hondureña SE DECLARA ESTADO DE EMERGENCIA FITOSANITARIA a nivel nacional, ante la presencia confirmada de la plaga de Langosta Voladora Centroamericana (Schistocerca piceifrons picefrons, Walter 18780).
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2025-11-03 | 2024 | Diciembre | |
| PCM No. 35-2024 DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR TORMENTA TROPICAL SARA |
PCM No. 35-2024 DECLARATORIA DE EMERGENCIA POR TORMENTA TROPICAL SARA
NOVIEMBRE 2024 |
2024-11-16 | 2024 | Noviembre | |
| Decreto Declaracion de Emergencia Instituto Nacional Penitenciario |
Publicacion del Diario La Gaceta |
2024-11-22 | 2024 | Noviembre | |
| PCM-Decreto Ejecutivo |
Publicacion de la Gaceta |
2024-11-22 | 2024 | Noviembre | |
| PCM-Decreto Ejecutivo |
Publicacion de la Gaceta
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2024-11-22 | 2024 | Noviembre | |
| AMNISTIA TRIBITARIA MUNICIPAL 2024 |
AMNISTIA TRIBUTARIA MUNICIPAL OCTUBRE -DICIEMBRE 2024 |
2024-10-27 | 2024 | Octubre | |
| DECRETO EJECUTIVO CONTENTIVO DE PROHIBICION A LA MUNICIPALIDADES DE HACER CAMBIO DE USO DE SUELO |
DECRETO EJECUTIVO CONTENTIVO DE PROHIBICION A LA MUNICIPALIDADES DE HACER CAMBIO DE USO DE SUELO |
2024-08-04 | 2024 | Agosto | |
| PCM-Decreto Ejecutivo |
Publicacion de la Gaceta |
2024-11-22 | 2024 | Enero | |
| DISPOSICIONES DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPUBLICA 2023 |
DISPOCISIONES DEL PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPUBLICA 2023 |
2023-06-04 | 2023 | Junio | |
| ETA DECRETO EJECUTIVO SALARIO MINIMO AÑO 2023 |
DECRETO EJECUTIVO SALARIO MINIMO DE HONDURAS AÑO 2023 |
2023-06-04 | 2023 | Marzo | |
| TABLA PROGRESIVA IMPUESTO SAR 2023 |
TABLA PROGRESIVA IMPUESTO SAR 2023 |
2023-06-04 | 2023 | Enero | |
| CIRCULAR-FORTALECIENDO EL SISTEMA DE CONTROL. |
El presente circular se trata del fortalecimiento del sistema de control emitido por el tribunal superior de cuenta (TSC).
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2021-05-17 | 2021 | Abril | |
| REFORMA DE LOS ARTICULO DEL CODIGO TRIBTARIO |
Honduras es un Estado de Derecho,
el cual. conforme al Artículo 351 constitucional fundamenta
su Sistema Tributario en los principios de legalidad.
proporcionalidad" generalidad y equidad, de acuerdo con la
capacidad económica del contribuyente.
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2021-05-17 | 2021 | Abril | |
| CIRCULAR-FORTALECIENDO EL SISTEMA DE CONTROL. |
El presente circular se trata del fortalecimiento del sistema de control emitido por el tribunal superior de cuenta (TSC).
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2021-05-17 | 2021 | Marzo | |
| REFORMA DE LOS ARTICULO DEL CODIGO TRIBTARIO |
Honduras es un Estado de Derecho,
el cual. conforme al Artículo 351 constitucional fundamenta
su Sistema Tributario en los principios de legalidad.
proporcionalidad" generalidad y equidad, de acuerdo con la
capacidad económica del contribuyente.
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2021-05-17 | 2021 | Marzo | |
| REFORMA DE LOS ARTICULO DEL CODIGO TRIBTARIO |
Honduras es un Estado de Derecho,
el cual. conforme al Artículo 351 constitucional fundamenta
su Sistema Tributario en los principios de legalidad.
proporcionalidad" generalidad y equidad, de acuerdo con la
capacidad económica del contribuyente.
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2021-05-17 | 2021 | Marzo | |
| DECRETO EJECUTIVO PCM -2020 VIVIENDA SOCIAL (MARZO) |
El presente decreto ejecutivo tiene como finalidad de dar a conocer la forma de operación de la vivienda sociales correspondiente al mes de marzo.
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2021-05-17 | 2021 | Marzo | |
| DECRETO EJECUTIVO PCM -2020 VIVIENDA SOCIAL |
El presente decreto ejecutivo tiene como finalidad de dar a conocer la forma de operación de la vivienda sociales.
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2021-05-17 | 2021 | Febrero | |
| REFORMA DE LOS ARTICULO DEL CODIGO TRIBTARIO |
Honduras es un Estado de Derecho,
el cual. conforme al Artículo 351 constitucional fundamenta
su Sistema Tributario en los principios de legalidad.
proporcionalidad" generalidad y equidad, de acuerdo con la
capacidad económica del contribuyente.
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2021-05-17 | 2021 | Febrero | |
| DECRETO EJECUTIVO PCM -2020 VIVIENDA SOCIAL |
El presente decreto ejecutivo tiene como finalidad de dar a conocer la forma de operación.
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2021-05-17 | 2021 | Enero | |
| DECRETO EJECUTIVO PCM -2020 VIVIENDA SOCIAL |
Honduras es un Estado de Derecho,
el cual. conforme al Artículo 351 constitucional fundamenta
su Sistema Tributario en los principios de legalidad.
proporcionalidad" generalidad y equidad, de acuerdo con la
capacidad económica del contribuyente.
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2021-05-17 | 2021 | Enero |
