Alcaldía Municipal de Concepción de María
Funciones
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Artículo 13.- (Según Reforma por Decreto 48-91) Las municipalidades tienen las atribuciones siguientes:
1.- Elaboración y ejecución de planes de desarrollo del municipio;
2.- Control y regulación del desarrollo urbano, uso y administración de las tierras municipales, ensanchamiento del perímetro de las ciudades y el mejoramiento de las poblaciones de conformidad con lo prescrito en la Ley;
3.- Ornato, aseo e higiene municipal;
4.- Construcción de redes de distribución de agua potable, alcantarillado para aguas negras y alcantarillado pluvial, así como su mantenimiento y Atribuciones municipales administración; 5.- Construcción y mantenimiento de vías públicas por sí o en colaboración con otras entidades;
6.- Construcción y administración de cementerios, mercados, rastros y procesadoras de carnes, municipales;
7.-Protección de la ecología del medio ambiente y promoción de la reforestación;
8.- Mantenimiento, limpieza y control sobre las vías públicas urbanas, aceras, parques y playas que incluyen su ordenamiento, ocupación, señalamiento vial urbano, terminales de transporte urbano e interurbano. El acceso a estos lugares es libre, quedando, en consecuencia, prohibido cualquier cobro, excepto cuando se trate de recuperación de la inversión mediante el sistema de contribución por mejoras legalmente establecido;
9. Fomento y regulación de la actividad comercial, industrial, de servicios y otros;
10.- Control y regulación de espectáculos y de establecimientos de diversión pública, incluyendo restaurantes, bares, clubes nocturnos, expendios de aguardiente y similares;
11.- Suscripción de convenios con el Gobierno Central y con otras entidades descentralizadas con las cuales concurra en la explotación de los recursos, en los que figuren las áreas de explotación, sistemas de reforestación, protección del medio ambiente y pagos que les correspondan;. Las entidades con las que las Municipalidades acuerden los convenios mencionados, otorgarán permisos o contratos, observando lo prescrito en los convenios;
12.- Promoción del turismo, la cultura, la recreación, la educación y el deporte;
13.- Creación y mantenimiento de cuerpos de bomberos;
14.- Prestación de los servicios públicos locales. Y mediante convenio, los servicios prestados por el Estado o instituciones autónomas, cuando convenga a la municipalidad;
15.- Celebración de contratos de construcción, mantenimiento o administración de los servicios públicos u obras locales con otras entidades públicas o privadas, según su conveniencia, de conformidad con la ley. Cuando las Municipalidades otorguen el contrato para la construcción de obras o prestación de servicios municipales o empresas particulares con recursos de éstas, podrán autorizarlas a recuperar sus costos y obtener una utilidad razonable, por medio del sistema de cobro más apropiado, sin perjuicio de los derechos que corresponden a la municipalidad;
16.- Coordinación e implantación de las medidas y acciones higiénicas que tiendan a asegurar y preservar la salud y bienestar general de la población, en lo que al efecto señala el Código de Salud;
17.- Gestión, construcción y mantenimiento en su caso, de los sistemas de electrificación del municipio, en colaboración con la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE); y,
18.- Coordinación de sus programas de desarrollo con los planes de desarrollo nacionales
Nombre | Descripción | Subido | Año | Mes | ver |
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FUNCIONES | ARTICULO 13 DE LA LEY DE MUNICIPALIDADES Y SUS REFORMAS | 24-02-2023 | 2022 | Diciembre | |
Funciones | Articulo 13 de la Ley de Municipalidades | 14-09-2022 | 2022 | Septiembre | |
FUNCIONES | Certificación de Reglamento de Puestos y Funciones de la Municipalidad de Concepción de María Choluteca | 12-11-2021 | 2021 | Octubre | |
Ficha Informativa | Breve Reseña Histórica del municipio de Concepción de María, Choluteca | 11-09-2019 | 2018 | Diciembre | |
Funciones | Atribuciones de la municipalidad según el artículo 13 de la Ley de Municipalidades | 29-10-2019 | 2018 | Julio | |
Funciones | Ley de Municipalidades y su Reglamento | 29-10-2019 | 2018 | Julio | |
Funciones | Ley de Municipalidades ( La Gaceta) | 29-10-2019 | 2018 | Julio |